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TENGO 15 AñOS Y MI NOVIO 33 QUE PASA SI ME VOY A VIVIR CON EL

  • Consulta : 240361
  • Autor : jay_business_class_NR
  • Publicado : Domingo 31 de Agosto de 2014 20:07 desde la IP: 189.143.53.72
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,245
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  • Autor
    Consulta

  • jay_business_class_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    tengo 15 años y mi novio 33 nos queremos ir a vivir juntos pero mi padre no acepta nuestra relacion que pasa si me voy sin el permiso de mi padre mi mama si esta de acuerdo con mi relacion y mi novio tiene trabajo estable casa propia bueno por que por ahi escuche que eso influye si lo demanda mi papa nos pueden ayudar que pasa si me voy a vivir con el y mi padre lo demanda yo estoy discpuesta a decir ente el mp que yo me fui por mi voluntad y que el no ma ha obligado a nada y que no quiero regresar a casa de mis padres que yo quiero estar con el..

     

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  • Autor
    Respuesta No: 364537

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Lo que Usted diga ante el Ministerio Público caece de valor jurídico alguno ya que es menor de edad. Si su padre sin importar lo que opine su mamá, se querella por el posible delito de estupro, su novió se va a Reclusorio y y en el mismo le harán saber lo que es el estupro, (que no salga de su casa sin lubrincate escondido en el cuello de la camisa o en dobladillo del pantalón) él sabrá la utilidad. 



  • Autor
    Respuesta No: 364572

  • tipo
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    creo que la opinion de arriba es equivocada cuando demanden a tu novio y te llamen a declarar solo tienes que decir que las acusaciones de tus padres son falsas que el no te obligo a nada y lo isiste por tu decii¿sion por que el es tu novio y tienen una relacion amorosa de tanto tiempo ademas de que no es tu deseo declarar en su contra y listo todo solucionado y por si las dudas que tu novio se junte una $$ y ya no procede .... no entiendo por que las personas del foro opinan metiendo sus prejuicios estaria mejor si opinan conforme a ley y si no saben pues no lo agan esto le paso a un buen amigo mio el 28 ella15 y no hubo problema alguno..



  • Autor
    Respuesta No: 364579

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Tipo, lo afirmado por el Licenciado Ochoa Donis se ajusta a lo prevenido en la legislación penal del Estado de México, y no es un criterio sustentado en prejuicios.

    Cualqueir persona que no haya adquirido la mayoría de edad, no puede, por sí misma, otorgar su consentimiento, pues carece de capacidad legal para ello.

    Resultado de lo anterior, unmenor de edad no puede expresar su voluntad para sostener relaciones sexuales con alguien mayor de edad, debido precisamente a que carece de facultades legales para tomar tal decisión, de forma tal que, si afirma que fue con su consentimiento, ello solamente denota que fue influida por la conducta engañosa del activo del delito, siendo precisamente el engaño uno de los elementos que conforman el delito de estupro.

    Evidentemente, una de las formas de tener por demostrada la conducta engañosa (que no es la única), es la promesa de matrimonio o de vivir juntos, aunque también puede acreditarse a través de otras actitudes del activo, de forma tal que ello también puede desprenderse si, a través de regalos o manifestaciones de atracción hacia la ofendida, así como de crear en ésta la errónea concepción de apoyo moral al encontrarse con problemas familiares, creó en la pasivo la falsa idea de sus buenas intenciones para con ella.

    A mayor abundamiento y para que no te quede duda de lo acertado de la opinión del Licenciado Ochoa y que lo externado por él en forma alguna es una opinión sustentada en perjuicios, me permito transcribir la siguiente tesis:

    Época: Novena Época
    Registro: 183542
    Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
    Tipo de Tesis: Aislada
    Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
    Tomo XVIII, Agosto de 2003
    Materia(s): Penal
    Tesis: X.3o.32 P
    Página: 1747

    ESTUPRO. LA PROMESA DE MATRIMONIO NO CUMPLIDA NO ES LA ÚNICA FORMA PARA ACTUALIZAR EL ELEMENTO ENGAÑO A QUE SE REFIERE LA LEY SUSTANTIVA PENAL, SI EN LA MISMA NO SE DETERMINA CUÁL SEA ÉSTE (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE TABASCO). El artículo 153 del Código Penal del Estado de Tabasco estatuye como uno de los elementos constitutivos del delito de estupro, que el consentimiento de la pasivo para realizar la cópula se haya obtenido mediante engaño, sin embargo, al no determinar cuál sea éste, la integración de dicho elemento debe quedar a cargo de los tribunales judiciales; de donde se desprende que si el quejoso a través de regalos o manifestaciones de atracción hacia la ofendida, así como de crear en ésta la errónea concepción de apoyo moral al encontrarse con problemas familiares, creó en la pasivo la falsa idea de sus buenas intenciones para con ella, es claro que existen elementos suficientes para tener por acreditado el elemento engaño, máxime si no se pierde de vista que el estupro es un delito plurisubsistente, es decir, que requiere una pluralidad de actos para expresar la conducta engañosa ejercida sobre la víctima y obtener así su asentimiento para realizar con ella la cópula, por lo que no podría afirmarse que la única forma de actualizarse el engaño sería a través de una promesa de matrimonio no cumplida.

    TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO CIRCUITO.

    Amparo en revisión 239/2003. 28 de mayo de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: José Eduardo Téllez Espinoza. Secretaria: Zazil Ha Hernández Contreras.


     



  • Autor
    Respuesta No: 364589

  • consultor77
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    La opinión del Forista que se denomina Tipo.. es incorrecta  y no se trata de prejuicios, el hecho de que a un amigo le haya ido bien en un asunto similar, quiere decir que tuvo suerte y la familia de la muchacha no tuvo interés en castigar al adulto que estaba con su hija. 

    Si tu padre es alguien que te quiere y se interesa en ti, es poco probable que el resultado sea el mismo. 

     

    El delito se ha cometido y si te vas con él iniciará las denuncias correspondientes y ni aunque tu digas que no es cierto y que tu querías, nada cambiará el hecho de que se vaya al Reclusorio. Ya que por tu edad no tienes la capacidad LEGAL  de decidir. 

     

    Espera 3 años para irte con él, si con el tiempo y la madurez que te podrían dar unos años mas todavía crees que es una buena idea.. estarás en libertad de hacerlo. 

     

    Saludos



  • Autor
    Respuesta No: 364590

  • consultor77
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    La opinión del Forista que se denomina Tipo.. es incorrecta  y no se trata de prejuicios, el hecho de que a un amigo le haya ido bien en un asunto similar, quiere decir que tuvo suerte y la familia de la muchacha no tuvo interés en castigar al adulto que estaba con su hija. 

    Si tu padre es alguien que te quiere y se interesa en ti, es poco probable que el resultado sea el mismo. 

     

    El delito se ha cometido y si te vas con él iniciará las denuncias correspondientes y ni aunque tu digas que no es cierto y que tu querías, nada cambiará el hecho de que se vaya al Reclusorio. Ya que por tu edad no tienes la capacidad LEGAL  de decidir. 

     

    Espera 3 años para irte con él, si con el tiempo y la madurez que te podrían dar unos años mas todavía crees que es una buena idea.. estarás en libertad de hacerlo. 

     

    Saludos



  • Autor
    Respuesta No: 364593

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    ABOGADO CIVIL


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    Lic. Marco Antonio Trillo Vega.



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