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DUDA SOBRE VACACIONES

  • Consulta : 239270
  • Autor : pattycisneros_NR
  • Publicado : Miércoles 20 de Agosto de 2014 15:36 desde la IP: 189.135.44.12
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,086
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  • Autor
    Consulta

  • pattycisneros_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    HOLA BUENAS TARDES .

    MI DUDA ES LA SIGUIENTE ES VERDAD QUE SI NO TOME MIS VACACIONES PASADO EL AÑO YA NO TENGO DERECHO A ESOS DIAS 

    ESTA DUDA ES PORQUE VOY A CUMPLIR DOS AÑOS Y NO HE TOMADO LAS VACACIONES CORRESPONDIENTES A EL PRIMER AÑO  TRABAJANDO Y POR RAZONES DE ROTACION NO HAY PERSONAL PARA CUBRIRME   

    DE ANTEMANO AGRADESCO SU ATENCION 

     

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  • Autor
    Respuesta No: 363408

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    De conformidad con lo que señala el artículo 81, de la Ley Federal del Trabajo, su patrón debe concederle las vacaciones a las que legalmente tiene deecho, dentro de los  meses siguientes a la fecha en que generó el derecho a disfrutarlas, vencido ese término de 6 meses, si no se las conceden, debe demadar al patrón por su otorgamiento ante las autoridades laborales, ya que el derecho de hacerlo prescribe al año,

    Es decir, tiene usted un año, 5 meses 29 días para presentar la demanda relamando las vacaciones.



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