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RENUNCIA

  • Consulta : 239168
  • Autor : chiina.morena_NR
  • Publicado : Martes 19 de Agosto de 2014 17:28 desde la IP: 177.249.12.177
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,106
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  • Autor
    Consulta

  • chiina.morena_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Jalisco

    hola que tal.

     

    tengo 8 años trabajando en una empresa electronica, pero quiero renuncia. hay algo que pueda hacer para que me liquiden porque no quiero salirme sin dinero.

    en verdad es muy importante para mi saberlo.

     

    que en espera de sus comentarios. gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 363335

  • Rosario Navarro
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Buenas tardes, le comento que la renuncia es un acto voluntario de la terminacion de la relacion laboral, y es una causal de excepcion de responsabilidad para el patron contemplada en la ley federal del trabajo, es decir, que si usted renuncia, usted libera a su patron de cualquier responsabilidad o indemnizacion para con Usted.

    Por lo cual si usted renuncia ahora, aun teniendo 8 años, unicamente es acreedora a que le cubran las partes proporcionales de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional que no le hayan cubierto por este año y los ultimos días de salario que le deban, si es por semana o por quincena, solo sería por esa ultima semana o quincena dependiendo del dia que usted renuncie.

    El renunciar la deja a Usted sin ningun derecho de reclamar pago extra alguno, ya que por ley, usted empieza a generar antiguedad a partir de los 15 años y un día de labores en esa empresa, y así podría reclamar el pago correspondiente de prima de antiguedad por ejemplo de esos 15 años, que serían 12 días de salario por cada año laborado, pero a partir de los 15 años de trabajo y Usted solo lleva 8

    Por lo anterior, no se le sugiere renunciar, sino que en caso, contrario, si el patron la despidiera sin causa justificada o si usted esta padeciendo cambios en sus condiciones de trabajo, debe reclamar ante la Procuraduria del trabajo en su ciudad dentro de los 30 días a que hubieron esos cambios o 60 días a que ocurrió el despido. si usted deja pasar un dia desùes de los 30 días para reclamar estando dentro de su trabajo o 60 días de haber sido despedida, pierde todo derecho. asesorese correctamente ante la PROFEDET, Procuraduria de la defensa del trabajo en su ciudad.

    Espero haberle ayudado.



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