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LIQUIDACIóN

  • Consulta : 238128
  • Autor : ing_letyvg_NR
  • Publicado : Martes 05 de Agosto de 2014 12:46 desde la IP: 200.78.219.194
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,077
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  • Autor
    Consulta

  • ing_letyvg_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    Buenos tardes.

    Mi nombre es Octavio G.

    Me entere que me quieren despedir sin ninguna razon y quisiera ver si me pueden a poyar a saber cuanto me corresponde de liquidación y finiquito. Mi sueldo es de 703.33 diarios base y 1,063.03 integrado.

    Mi fecha de ingreso fue el 23 de octubre del 2000.

    Se me deben 9 dias de vacaciones del periodo actual con una prima del 50%

    20 dias de aguinaldo es ,o que dan.

     

    Agradezco de su retro.

     

    Saludos.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 362407

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si usted es despedido injustificadamente, le corresponden las siguientes prestaciones:

    3 meses de salario diario integrado, por concepto de indemnización constitucional;

    12 días de salario por cada año de servicios prestados, por concepto de prima de antigüedad, la que se paga no con su salario real, sino con el máxmo equivalente a 2 veces el salario mínimo vigente en el área geográfica en que presta el servicio;

    Vacaciones adeudadas, y la parte proporconal de vacaciones y prima vacacional por eltiempo laborado después de cumplir 13 años de servicios;

    Aguinaldo proporcional al tiempo trabajado.

    Sueldos y prestaciones ordinarias devengadas a la fecha del despido.

    No firme ningún documento, ni recibo, finiquito, liquidaciín, renuncia o cualquier otro que le exija el patrón, ya que puede valerse de él para aducir que no lo despidió, sino que usted renunció voluntariamente y perderá su liquidación.

    Asístase de un abogado especialista en Derecho Laboral, a efecto que revise, antes de que la reciba y firme, la liquidación que le ofrecen, y de no aceptarla, presente la demanda por despido, en la que además de las prestaciones ya indicadas (y otras que el propio Abogado determinará de acuerdo a la información más detallada que le proporcione), tendrá oportunidad de reclamar los salarios caídos hasta por 12 meses, y pasado ese tiempo, si no ha cincluido el juicio o dictado el laudo, el patrón no le ha dado cumplimiento, a partir del año a un interés del 2% mensual sobre la cantidad que resulte de 15 meses de salario.



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