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RENUNCIA VOLUNTARIA
- Consulta : 229544
- Autor : ricky_reyna_NR
- Publicado : Miércoles 14 de Mayo de 2014 16:20 desde la IP: 189.174.45.210
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,079
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 14 de Mayo de 2014
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 354821
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Fecha de respuesta: Miércoles 14 de Mayo de 2014 17:30 2014-05-14 17:30 desde IP: 189.210.253.56
Si usted renuncia voluntariamente teniendo menos de 15 años de antigüedad,solamente le corresponden las partes proporcionales de vacaciones, prima vacacional y aguinaldo; si lo hace después de cumplir 15 años, además tendrá derecho a la prima de antigüedad, consistente en 12 días de salario por cada año de servicios prestados.
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