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ASESORIA

  • Consulta : 228397
  • Autor : oscaroscarlm_NR
  • Publicado : Miércoles 30 de Abril de 2014 12:17 desde la IP: 187.142.110.80
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,090
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  • Autor
    Consulta

  • oscaroscarlm_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Aguascalientes

    Buenos dias, primero que nada muchas gracias por este servicio. yo trabajo en una empresa como vendedor y un buen dia me mandan a desmantelar una sucursal de la tienda para la que trabajo, efectuando esta encomienda me caigo de una escalera de una altura de cuatro metros y me rompo la muñeca (radio y cubito) y una costilla. De la leciones de la muñeca despuespues de cuatro meses aun no puedo moverla y me dice el traumatologo que asi va a quedar, la mano rigida sin mobimiento por las circunstancias de la lesión. 

    la pregunta es si procede una demanda en contra de la empresa ya que no estoy contratado para efectuar ese tipo de tareas. la empresa me tiene asegurado. 

     

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  • Autor
    Respuesta No: 353963

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    No, no procede ninguna demanda en contra de la empresa, ya que, por una parte, si usted estaba consciente que fue contratado como vendedor, y por tanto, entre sus actividades no se encontraba la que realizó al sufrir el accidente de trabajo, debió negarse a llevarlo a cabo; sin embargo, el que no se negara, no excluye la responsabilidad del patrón en el riesgo de trabajo, pero considerando que lo tiene inscrito en el Seguro Social, será esta Institución quien se subrogue en la obligación del patrón de pagar, en caso de que proceda, la indemnización correspondiente.

    Por otra parte y con independencia de lo anterior, como ya lo menconé, el Seguro Social, considerando que la lesión se la causó efectuando una actividad laboral, aunque no fuera de las que usted tiene asignadas, la calificará como consecuencia de un riesgo de trabajo, y si una vez determinado que la misma le produce una incapacidad parcial permanente, le concederá el pago de la pensión correspondiente, y el patrón lo reubicará en el mismo puesto si puede continuar desempeñándolo, o en otro acorde a sus nuevas condiciones y habilidades.



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