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DEMANDA POR PAGARE

  • Consulta : 225666
  • Autor : disariesg_NR
  • Publicado : Miércoles 26 de Marzo de 2014 21:22 desde la IP: 189.134.228.211
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,232
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  • Autor
    Consulta

  • disariesg_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    Se puede impugnar la demanda de un pagare si es afirmativo que se tendria que hacer?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 348418

  • Héctor Robles
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Clraro que se puede, Usted tendria que contratar un abogado que primeramente conteste la demanda, presente pruebas y asista a las audiencias necesarias; obvio el exito depende de los documentos base de la acción con los que usted cuente y los que haya presentado su demandante.

    Lic. Héctor Jesús Robles Díaz Mercado

    Tel: 0445529518851

    roblesroblesabogados



  • Autor
    Respuesta No: 355126

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Con el debido respeto, difiero parcialmente de lo que señala el Licenciado Héctor Robles.

    Si bien es cierto, es factible contradecir los hechos que el actor señale en su escrito inicial de demanda respecto de las circunstancias de tiempo, modo, lugar y ocasión en que el demandado haya suscrito el título de crédito denominado pagaré, o cualquier otro de esa naturaleza, también lo es, que lo que debe impugnarse, no es la demanda sino el título mismo, por cualquier de las excepciones que en forma expresa y limitativa se contemplan en el artículo 8o, de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, o bien porque el documento cafrezca de alguna de las menciones o requisitos que el numeral 170, de la propia Ley Cambiaria señala debe satisfacer para que sea considerado título de crédito y traiga aparejada ejecución, que el mismo ordenamiento legal no tenga por puestas ante su omisión; así, por ejemplo, si el documento no tiene fecha de vencimiento, se considerará pagadero a la vista; si no se indica el lugar de pago, se tendrá como tal el del domicilio de quien lo suscribe, etcétera.



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