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PUEDO DAR DE ALTA A MI ESPOSO EN EL IMSS COMO MI TRABAJADOR? YA QUE SOY PERSONA FISICA.
- Consulta : 224830
- Autor : isabel.mc26_NR
- Publicado : Martes 18 de Marzo de 2014 16:28 desde la IP: 189.235.122.186
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,168
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 18 de Marzo de 2014
Estado de Referencia: Coahuila
HOLA, BUENAS TARDES:
MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE...
YO COMO PATRONA O PERSONA FISICA, PUEDO DAR DE ALTA A MI ESPOSO EN EL IMSS??? COMO MI TRABAJADOR???? YA QUE A EL LE INTERESA SEGUIR COTIZANDO PARA LO DEL RETIRO Y SU PENSION, DE LO CONTRARIO NO QUIERE DEJAR SU ACTUAL EMPLEO.
GRACIAS Y AGRADEZCO DE ANTEMANO SU AYUDA....
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 346134
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Fecha de respuesta: Martes 18 de Marzo de 2014 17:48 2014-03-18 17:48 desde IP: 187.172.199.152
Creo es mejor opcion para su esposo la modalidad 40 (Continuacion voluntaria del regimen obligatorio).
Al ser dado de baja por su patron el se puede inscribir con el ultimo salario cotizado o uno superior hasta el tope que es 25 veces el minimo del DF. Esto le permitiria seguir cotizando para el retiro sin perder sus derechos y elevar su salario promedio para el calculo de la pension.
Las cuotas que se pagan son el 10.075% del salario con que se registre (Gastos Medico Pensionados, Invalidez y Vida, Censantia y Vejez y Retiro). Y los pagos son mensuales.
Tambien existe la modalidad 33 que es seguro medico la cuota a pagar depende de la edad de la persona y los pagos son anuales y se actualiza en febrero de cada año.
0 a 19 años $1,600.00 2
0 a 29 años $1,900.00
30 a 39 años $2,000.00
40 a 49 años $2,850.00
50 a 59 años $3,050.00
60 a 69 años $4,400.00
70 a 79 años $4,600.00
80 y más $4,650.00
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Autor
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AutorRespuesta No: 346155
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Fecha de respuesta: Martes 18 de Marzo de 2014 18:23 2014-03-18 18:23 desde IP: 189.134.238.65
Si, siempre y cuando no sea un empleo simulado y guarda toda la documentación que lo acredite como tu trabajador. La otra es que teabaje para ti por honorariis y se inscriba el la modalidad 40 para que siga cotizando. El servicio médico lo puede conservar como lo indica Gerel. En esta modalidad debe inscribirse él y otra persona.
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