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COMPENSACIóN

  • Consulta : 220538
  • Autor : a.hartasanchezc_NR
  • Publicado : Martes 04 de Febrero de 2014 10:04 desde la IP: 177.227.146.73
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  • Autor
    Consulta

  • a.hartasanchezc_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Querétaro

    En un juicio de divorcio necesario, donde la mujer ayudo al esposo en su empresa por 15 años, está solicitando compensación, sobre los bienes adquiridos en ese tiempo, el regimen es separación de bienes, si ella trabaja actualmente, pierde el derecho a manutención? y de compensación?

    Gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 339128

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    De conformidad con lo que previene el artículo 268, del Código Civil del Estado de Querétaro, en el caso de divorcio necesario, cuando por convenio tácito o expreso, uno de los cónyuges se hubiere dedicado íntegramente la mayor parte de su vida matrimonial al cuidado del hogar o a la atención de los hijos, si careciere de bienes propios tendrá derecho a recibir del otro cónyuge una compensación, la que no podrá ser inferior al 10% ni exceder el 50% del acervo patrominial formado o incrementado durante el matrimonio.

    Como consecuencia de lo anterior, no es la circunstancia que la esposa se encuentre actualmente trabajando lo que determina si tiene derecho o no a dicha compensación, siuno el hecho que durante la mayor parte del matrimonio, se haya dedicado al cuidado del hoga o la atención de los hijos.

    Con independencia de lo anterior, en el caso que la empresa del esposo se encuentre constituida bajo alguna de las formas establecidas en la legislación mercantil o civil; si la esposa prestó sus servicios en favor de dicha negociación, pudo crearse una relación laboral que, en todo caso, también le da derecho a recibir, en caso de ser separada de sus funciones, el pago de una indemnización y prestaciones previstas en la Ley Federal del Trabajo por esa causa.

    Asístase de un abogado especialista en Derecho Familiar, a efecto que analice las circunstancias personales y particulares durante el matrimonio, y si como lo contempla la ley, se dedicó la mayor parte de la vida matrimonial al cuidado del hogar y los hijos, reclame la compensación que legalmente le corresponde.

    Asimismo, haga lo propio con un abogado especialista en Derecho Laboral, a efecto que estudie y analice la existencia o no de una relación laboral y de supra-subordinación en las actividades desarrolladas en la empresa, para que, de ser procedente, reclame el pago de la indemnización constitucional y prestaciones laborales que pudieren corresponderle.



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