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ORDEN DE REAHPRENSION EN PLATAFORMA MEXICO

  • Consulta : 217443
  • Autor : blad.ortiz_NR
  • Publicado : Lunes 30 de Diciembre de 2013 18:30 desde la IP: 187.187.135.175
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,083
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  • Autor
    Consulta

  • blad.ortiz_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Campeche

    Buenas tardes

    Hace poco tiempo fui a tramitar mi Licencia de conducir  Vencida en el Estado de Campeche, y me detuvieron por estar con una orden de reaprension en el Estado de Puebla por Daños en Propiedad ajena en el 2007, me liberaron diciendo que solucione mi situacion en dicho Estado.

    Desconozco mucho el tema pero comienzo con un resumen de lo acontecido:

    En el 2007 tuve un accidente con un tercero y dañe un poste, iba en estado de ebriedad. Me detuvieron y el tercero disistio porque se repararon sus daños, por lo del poste deje una fianza. Me indicaron que tenia que pedir perdon al Municipio, me por diversas causas ya no segui el proceso y no se concluyo el tramite,

     

    A finales de 2009 cambie de residencia al estado de Campeche sin ningun problema, cabe señalar que tuve infracciones, dar de alta un vehiculo sacar licencia sin ningun problema.

     

    Ya en el 2013 me detuvieron porque aprezco en la plataforma Mexico con una orden de reaprension.

    Mis dudas y espero que me las puedan aclarar son las siguientes:

    ¿Me pueden detener en otro estado sin una orden de un Juez de ese Estado u Otro por realizar algun tipo de tramite o algun reten?

    ¿En cuanto tiempo transcribe el delito, si el cargo fue en el 2008?

    Ya hable con un abogado en la ciudad de Puebla y me dice que no existe un expediente con mi nombre, y que me aconseja un Amparo buscatorio (lo cual representa dinero y el resultado es el mismo, siento que no me soluciona el problema)

    De que otra manera lo puedo atender ya que estoy en otro estado y como me puedo amparar para que cuando maneje no me detengan en un retan?.

     

    Por su atencion y apoyo 

    Gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 336762

  • Napier
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Saludos

    En la Agencia en que fue detenido deben de tener copia del pliego consignatorio en el cual debe de estar en el n´umero  del proceso con el que fue registrado, el tiempo de la prescripción de acuerdo a lo que comenta es de 3 años a partir de que se dio a la fuga es decir del día en que se tuvo noticia de que Usted ya no era localizable en su domicilio.

    Debe de solicitar ante el Juzgado Penal decrete que ha transcurrido el lapso para que opere la prescripción del delito o de la posible ejecucion de la pena si es que ya se ha dictado sentencia.

    De igual forma cuando usted declaro tuvo que haber sido asistido por abogado el cual esta autorizado para revisar su expediente y promover en su nombre las promociones necesarias.

    Sí fue de utilidad la respuesta favor de dar click en el boton verde

     

    NAPIER SANS TACHE



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