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CRITERIO DE UN JUEZ

  • Consulta : 216224
  • Autor : jlgarza75_NR
  • Publicado : Miércoles 11 de Diciembre de 2013 14:38 desde la IP: 189.153.72.113
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,076
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  • Autor
    Consulta

  • jlgarza75_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Nuevo León
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    Cual es el criterio que utilizan los jueces en materia mercantil, cuando el demandado al ofrecer sus excepciones manifiesta que no pudo cumplir con el compromiso de pago, por no contar con dinero y de un trabajo actual. Que no se niega a pagar pero que de momento no tiene efectivo para liquidar el adeudo.

    Lo anterior porque muchos personas son asesoradas por supuestos profesionistas diciendoles "NO TE PREOCUPES, NO PASA NADA, MIENTRAS NO TE NIEGUES A PAGAR, NO TE HACEN NADA"

     

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  • Autor
    Respuesta No: 334975

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    El criterio que emplean los jueces es el mismo que señala el Código de Comercio: el demandado, en forma libre, consciente, expresa y espontánea, confiesa el incumplimiento a su obligacióin de pago, lo que desemboca a la sentencia condenatoria, y el juez no está obligado a concederle ningún término de gracia, porque también el Código de Comercio expresamente señala en su rtículo 84, que en los contratos mercantiles no se reconocerán términos de gracia ó cortesía, y como no tiene trabajo, entonces debe pagar con el producto que se obtenga de los bienes que el actor haya señalado para embargo.



  • Autor
    Respuesta No: 335035

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    el que sea imposible el pago... o que no tenga para pagarlo... o no tenga trabajo... no lo excluyen de pagar... es su problema... y el juez condenara al pago de ese dinero y de todas las prestaciones legales.... no se conmueve ante la falta de posibilidad de pago... sigue la ley...





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