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AMPARO INDIRECTO
- Consulta : 211581
- Autor : perita4
- Publicado : Domingo 20 de Octubre de 2013 03:58 desde la IP: 187.152.199.126
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,081
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 20 de Octubre de 2013
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 329729
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Fecha de respuesta: Domingo 20 de Octubre de 2013 13:19 2013-10-20 13:19 desde IP: 187.165.88.43
Artículo 3o.
La Firma Electrónica es el medio de ingreso al sistema electrónico del Poder Judicial de la Federación
y producirá los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa, como opción para enviar y recibir
promociones, documentos, comunicaciones y notificaciones oficiales, así como consultar acuerdos,
resoluciones y sentencias relacionadas con los asuntos competencia de los órganos jurisdiccionalesEs decir, sólamente si tienes la firma electrónica y entrando al sistema electrónico del Poder Judicial de la Federación. En otras palabras creo que no puedes, no lo afirmo porque no soy abogado.
Saludos
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