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VACACIONES NO DISFRUTADAS

  • Consulta : 210805
  • Autor : psp_hotmail_NR
  • Publicado : Viernes 11 de Octubre de 2013 12:16 desde la IP: 189.190.132.104
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,082
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  • Autor
    Consulta

  • psp_hotmail_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Veracruz

    buenos dias de antemano gracias por la informacion, les comento que en mi anterior trabajo me despidieron injustificadamente por la relacion cordial que llevaba con mi gerente accedi a firmar la renuncia ya que me dijeron de los pagos que me harian como son fondo de ahorro, aguinaldo, prima vacacional y vacaciones ya que no los difrute porque yo cumplia 2 años el 21 de septiemre de 2013 y sali un 23 de septiembre, de antemano queria llevar las cosas por buen modo, pero el dia miercoles de esta semana que me presente para ver lo de mi finiquito me salen con que de vacaciones solo me darian 48 pesos, la encargada de personal me dijo que eso les habia dado el calculo en culiaca, la verdad no accedi a firmar el finiquito porqeu se me hizo muy poco y decidi buscar asesoria preguntando entre amigos que estudian derecho me dijeron que ya que no disfrute mis vacaciones deberian pagarme tal y cual los dias como si los hubiera laborado, espero pueden despejarme esta duda y de ser asi puedo llevar mi caso para que ahora no solo me paguen los dias de vacaciones como debieran si no tambien para demandar por despido injustificado

     

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  • Autor
    Respuesta No: 328753

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    En primer término, si usted firmó su renuncia voluntaria y demanda al patrón aduciendo que la relación laboral terminó por haber sido despedido injustificadamente, él tendrá oportunidad de demostrar que no existió el despido, pues usted firmó la renuncia, y a tgravés de una pericial en grafoscopía puede acreditar que la firma que calza el escrito mediante el cual la presentó, procede de su puño y letra, de forma tal que la Junta de Conciliación y Arbitraje, absolverá a la demandada del pago de cualquier indemnización por despido.

    Ante su renuncia, usted solamente tiene derecho al pago de las vacaciones correspondientes al cumplimiento del segundo año de servicios (8 días de salario), más la prima vacacional (25%) de los días de vacaciones, así como la parte proporcional del aguinaldo 2013.

    Dado que la cantidad por la que podróan condenar al patrón a pagarle, en caso de que llegue a demandar, hace que para un abogado particular sea costeable llevar un asunto de esa cuantía, lo más recomendable es que acuda a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo de su localidad, y solicie le asignen un abogado de oficio, a fin de que presente la demanda, en el entendido que, legalmente, sólo le corresponde el pago de las prestaciones qye ya señalé anteriormente.



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