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REGISTRO RECIEN NACIDO
- Consulta : 209531
- Autor : sam.miiranda_NR
- Publicado : Sábado 28 de Septiembre de 2013 16:03 desde la IP: 189.163.217.179
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,094
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 28 de Septiembre de 2013
Estado de Referencia: Guanajuato
hola buenas tardes, mi nombre es Samantha y tengo una super duda
me embarace de mi novio y el bebito tuvo problemas de salud por los cuales estuvo hospitalizado 2 meses, de los cuales el padre del niño solo lo fue a ver 10 veces apesar de la gravedad de su salud, el niño tiene ya un mes que lo dieron de alta y no lo ha querido venir a ver, solo me deposita dinero para sus gastos y me dice que para verlo quiere que se lo lleve a su casa (el vive con sus papas y yo con los mios, nunca nos juntamos) pero por el delicado estado de salud del bebe no puedo hacer eso y se niega a venir a verlo a mi casa.
no lo quiero registrar con sus apeidos y el me dijo que me va a demandar si no lo registro, quisiera saber si me podrian asesorar, ¿me conviene registrarlo con sus apeidos o no?, ¿como le puedo hacer para que el solo vea al niño 1 o 2 veces al mes que es con lo que el se esta conformando? soy de celaya guanajuato y ambos somos mayores de edad, espero puedan ayudarme
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 327158
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Fecha de respuesta: Sábado 28 de Septiembre de 2013 16:21 2013-09-28 16:21 desde IP: 201.141.251.234
Acudan ambos al Registro Civil para registar al hijo con los apellidos de ambos, con ello el menor tendra derecho a recibir alimentos hasta su mayoria de edad o bien en caso de estudiar hasta que culmine una carrera profesional o tecnica, asimismo tendra derecho a heredar del padre.
No acceda usted a las chiquilladas del padre que èl vaya a su domicilio a ver al menor. Usted no puede obligar al padre del menor a que acuda a convivir con este, deje que sea èl quien promueva ante un juzgado a solicitar un regimen de visitas y convivencias.
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Autor
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AutorRespuesta No: 327160
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Fecha de respuesta: Sábado 28 de Septiembre de 2013 16:27 2013-09-28 16:27 desde IP: 189.163.217.179
muchas gracias por la asoesoria, pero mi miedo es cuanto lo va a ver? yo quiero tener a mi hijo conmigo y siento que el no esta apto para sus cuidados especiales que el bebe necesita, de hecho el no sabe cuales son sus cuidados especiales por lo tanto yo quiero que sean minimas las visitas de el, pero como el ya vio que ando buscando abogados para la situacion quiere verlo todo el tiempo, no podre demostrar que el no lo veia y no le interesaba como para que las visitas sean las mas minimas posibles?
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Autor
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AutorRespuesta No: 327161
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Fecha de respuesta: Sábado 28 de Septiembre de 2013 16:28 2013-09-28 16:28 desde IP: 187.162.210.121
En respuesta a su consulta, le informo.
Como primer punto, si el padre de su hijo desea reconocerlo como tal, debe acudir acompañado de usted y el niño ante el Oficioal del Registro Civil el día que lo presenten para su registro, ya que al no estar unidos en legítimo matrimonio, personalmente le debe expresar a dicho funcionario su voluntad de reconocerlo como hijo suyo.
Por otra parte, si usted se niega a que él acuda a reconocer a su hijo el día que lo lleve al Registro Civil, posteriormente podrá demandarle el reconocimiento de la paternidad, y una vez que acredite, a través de las pruebas de ADN respectivas, que él es el padre del niño, el Juez ordenará que su nombre se inscriba en el acta del Registro Civil como padre del menor.
Por otra parte, usted no tiene ningún derecho, en caso que el padre quiera reconocer a su hijo, para privar al menor de su derecho a la identidad, es decir, de tener la certeza jurídica de saber quienes son sus progenitores y de llevar el apellido de ambos.
Una vez que el padre de su hijo lo haya reconocido como hijo, ya sea voluntariamente o mediante el juicio respectivo, legalmente asumirá obligaciones y derechos para con el infante.
Por una parte, deberá proporcionarle, de acuerdo a las necesidades del menor y de sus propias posibilidades, los alimentos que requiera el niño, consistentes en comida, vestido, habitación, salud, esparcimiento y educación, y por la otra, ejercerá la patria potestad y podrá convivir con el hijo de ambos, participando así en su sano desarrollo físico, emocional, moral y psico-social.
Ese derecho de convivencia entre el padre y su hijo, usted no debe condicionarlo, ni respecto de su periodicidad, ni tampoco en cuanto a su duración, ya que si solo lo deja verlo una o dos veces al mes, y él desea tener una mayor convivencia, también podrá demandarle a usted un régimen de convivencia, y el juez determinará las horas y días en que podrá hacerlo e, inclusive, cuando la edad del niño lo permita, podrá llevarlo inclusive a la casa que él habite, o sacarlo fuera de la ciudad durante un período de tiempo determinado en las fechas en que, ya estudiando el niño, disfrute de vacaciones, o en días festivos o de decanso obligatorio.
Lo más conveniente para usted y el padre del niño, y lo mejor para éste, es que no se oponga al deseo de que su ascendiente lo reconozca, para que de esa forma, así como podrá convivir con el niño, también estará obligado a proporcionarle alimentos, y si no los satisface en proporción a sus posibilidades, será usted quien podrá demandarlo a fin de que sea un Juez quien determine la cantidad que deberá entregarle a usted por concepto de alimentos de su hijo.
Finalmente y antes de tomar cualquier decisión, piense qué es lo mejor para el niño, es decir, considere que debe prevalecer el interés superior del menor, y no lo que le conviene a usted o a su padre.
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Autor
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AutorRespuesta No: 327163
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Fecha de respuesta: Sábado 28 de Septiembre de 2013 16:38 2013-09-28 16:38 desde IP: 201.141.251.234
sam tamayo
No puede haber regimen de visitas y convivencias si no esta registrado el menor con los apellidos de ambos padres, ocupese de que el menor sea registrado por ambos sin necesidad de juicio. En cuanto a los cuidados especiales que requiere el menor es cuestion de comunicacion entre ambos padres, le reitero primero registrenlo despues acuerden los dias y horarios para que el padre viste al menor en el domicilio de usted.
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