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DUDAS DE LA PENSION ALIMENTICIA

  • Consulta : 209516
  • Autor : mama2hijos
  • Publicado : Sábado 28 de Septiembre de 2013 10:26 desde la IP: 189.155.64.1
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,090
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  • Autor
    Consulta

  • mama2hijos
    USUARIO REGISTRADO

    RECIBO UN 25% DE PENSION ALIMENTICIA, QUISIERA SABER SI EL RENUNCIA O LO CORREN DE SU TRABAJO, DE SU LIQUIDACION LE QUITAN EL 25% QUE ME CORRESPONDE.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 327140

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    Si la pensión usted la recibe con motivo de los descuentos que efectúa a su salario la empresa en la que trabaja el deudor alimentario por así haberlo ordenado un juez, entonces la empresa, en caso de que el obligado a dar la pensión renuncia o dea despedido del trabajo, está obligada a entregarle a usted ese mismo porcentaje, en cuyo caso, la cantidad que reciba, no releva al deudor de seguir pagando las pensiones directamente, con la misma periodicidad y cuantía determinada por el juzgador.





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