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DUDAS DE LA PENSION ALIMENTICIA
- Consulta : 209516
- Autor : mama2hijos
- Publicado : Sábado 28 de Septiembre de 2013 10:26 desde la IP: 189.155.64.1
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,090
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 28 de Septiembre de 2013
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 327140
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Fecha de respuesta: Sábado 28 de Septiembre de 2013 10:40 2013-09-28 10:40 desde IP: 187.162.210.121
En respuesta a su consulta, le informo.
Si la pensión usted la recibe con motivo de los descuentos que efectúa a su salario la empresa en la que trabaja el deudor alimentario por así haberlo ordenado un juez, entonces la empresa, en caso de que el obligado a dar la pensión renuncia o dea despedido del trabajo, está obligada a entregarle a usted ese mismo porcentaje, en cuyo caso, la cantidad que reciba, no releva al deudor de seguir pagando las pensiones directamente, con la misma periodicidad y cuantía determinada por el juzgador.
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Autor
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AutorRespuesta No: 327174
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Fecha de respuesta: Sábado 28 de Septiembre de 2013 18:06 2013-09-28 18:06 desde IP: 189.234.153.12
A tu pregunta... Si...
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