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PUEDO COBRAR UN PAGARE SI EL NOMBRE DEL BENEFICIARIO ESTA MAL ?
- Consulta : 209200
- Autor : valeriee22_NR
- Publicado : Martes 24 de Septiembre de 2013 22:35 desde la IP: 189.192.198.161
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,109
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 24 de Septiembre de 2013
Estado de Referencia: Sonora
hola buenas noches, mi pregunta es esta hace dos años, preste dinero, 2000 mil pesos se vencio el termino y quiero recuperar mi dinero, pero el pagare lo escribi mal, donde puse beneficiara puse " ala deudora" el nombre de ella, me equivoque nunca habia escribido un pagare, pero al abajo tambien me firmo, osea que no aparece mi nombre, solo el de ella, "deudora y benificiara " ala vez, que puedo hacer
gracias!!
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 326854
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Fecha de respuesta: Miércoles 25 de Septiembre de 2013 10:16 2013-09-25 10:16 desde IP: 187.162.210.121
Si el nombre de la persona a quien el firmante del pagaré debe hacer el pago es usted, si, si puede cobrarlo, si el nombre corresponde a otra persona, aunque se haya asentado debido a un error, no puede cobrarlo, a menos que quien figura como beneficiario del título de crédito, se lo endose, ya sea en propiedad, en procuración o en garantía,.
Y no se le ocurra alterar el documento a través de una enmienda, ya sea borraqndo, tachando o modificando de cualquier forma el nombre de quien aparece como aquél a quien ha de hacerse el pago, ya que si lo hace y presenta la demanda, el firmante al contestar la demanda, podrá oponer la excepción de alteración del testo del documento, lo que podrá acreditar mediante una pericial en documentoscopía y, además, podrá proceder en su contra presentando una denuncia ante el Miisterio Público por haber alterado el documento con la intención de recibir el pago de su importe y anexidades legales, después de haber sido firmado por el sus crip tor.
Si no sabía cómo asentar las menciones que el pagaré debe contener para que constituya un título de crédito que como tomador pudiera relamar judicialmente, debió pedir la asesoría antes de requisitarlo, y no ahora, por que evidentemente, si el deudor no quiere pagarle el documento, no hay forma legal de exigírselo.
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AutorRespuesta No: 326857
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Fecha de respuesta: Miércoles 25 de Septiembre de 2013 10:34 2013-09-25 10:34 desde IP: 201.124.1.48
desde mi punto de vista y con independencia de lo que le menciona el forista anterior; previa pregunta a usted, ( usted requisito la totalidad del pagare? y la deudora solamente puso la firma o tambien puso su nombre y la forma?) por que le pregunto esto? ya que si bien el pagare esta mal suscrito, y este desde luego que no puede ser alterado usted puede mediante MEDIOS PREPARATORIOS A JUICIO solicitar al deudor reconozca la "deuda" que tiene con usted y ante la negativa solicitar una pericial en grafoscopía a efecto de confirmar que en efecto la firma y el nombre del deudor fueron puestos de su puño y letra pero que estos datos fueron requisitados de forma incorrecta, lo que se pretende es que el deudor acepte y reconozca la "deuda" y en su defecto confirmarla, ahora bien, si es pequeña la cantidad que le debe la persona que menciona, pues realmente le va a salir mas caro el caldo... pues un peritaje es caro, el pago de abogado es caro... etc.. entonces como para que...
saludos
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Autor
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AutorRespuesta No: 341051
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Fecha de respuesta: Viernes 21 de Febrero de 2014 11:41 2014-02-21 11:41 desde IP: 148.223.205.152
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Autor
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AutorRespuesta No: 341054
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Fecha de respuesta: Viernes 21 de Febrero de 2014 12:04 2014-02-21 12:04 desde IP: 201.110.197.79
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AutorRespuesta No: 341060
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Fecha de respuesta: Viernes 21 de Febrero de 2014 12:34 2014-02-21 12:34 desde IP: 148.214.65.220
Mi consejo consultante es, que si aun no inicia un juicio, hagalo primeramente por conducto de justicia alternativa, aunque no es obligatorio que acuda, y muchos creen que no sirve. puede ser, que si sepresenta, usted pueda ofrecerle liquidar la deuda en pagos diferidos, aqui el asunto primordial es que la persona acepte y reconozca la deuda, una vez logrado eso podra recuperar su dinero.
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