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COMO REALIZO UN CAMBIO DE ESCRITURAS SI SOLO TENGO UN CONTRATO DE COMPRAVENTA Y EL VENDEDOR YA FALLECIO
- Consulta : 208003
- Autor : miriam2
- Publicado : Martes 10 de Septiembre de 2013 16:13 desde la IP: 189.143.118.88
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,232
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 10 de Septiembre de 2013
en mayo del año 2007 mi esposo adquirio una propiedad en el distrito federal se la compro a su tio por medio de un contrato privado de compraventa el tio nunca se caso ni tuvo hijos un año despues el fallecio ahora mi esposo quiere poner todo en regla por que seguimos pagando agua luz predio a nombre del tio y necesitamos poner la propiedad a nombre de mi esposo solo existe el antecedente en el registro publico de la propiedad donde nos marca seccion serie volumen foja partida y folio preasignado. quisiera saber si pormedio de un JUICIO DE PRESCRIPCION POSITIVA pudieramos obtener ya el titulo de propiedad el predio lo hemos habitado desde la firma del contrato de compraventa, pero quisieramos saber que es lo mas conveniente para poder obtener el titulo de propiedad y lo que nos pueda salir mas economico.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 325559
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Fecha de respuesta: Martes 10 de Septiembre de 2013 16:36 2013-09-10 16:36 desde IP: 187.162.151.129
EL CONTRATO PRIVADO DEBE ESTAR HECHO ANTE NOTARIO PARA QUE SEA VÁLIDO.
SOLO LA POSESIÓN QUE SE ADQUIERE Y DISFRUTA EN CONCEPTO DE DUEÑO PUEDE PRODUCIR LA PRESCRIPCIÓN, SE REALIZA POR MEDIO DE UN JUICIO DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA O POSITIVA.
SI LO HAN HABITADO DESDE LA COMPRA, REÚNEN LOS REQUISITOS DE LA POSESIÓN: PACÍFICA, CONTINÚA Y PÚBLICA.
ASESORATE CON UN ABOGADO EXPERTO EN MATERIA CIVIL. SUERTE.
ABOGADA ILEANA LÓPEZ. MONTERREY, NUEVO LEÓN.
CEL. 044 81 80 12 03 53.
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Autor
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AutorRespuesta No: 325570
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Fecha de respuesta: Martes 10 de Septiembre de 2013 17:35 2013-09-10 17:35 desde IP: 187.232.89.67
hola buenas tardes mira se tiene que iniciar un juicio de prescripcion de buena fe el contrato te serviria es la unica manera que se adjudique la propiedad en favor de tu esposo telef. 55829411 36198407 monica delgado en el distrito federal
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Autor
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AutorRespuesta No: 325599
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Fecha de respuesta: Miércoles 11 de Septiembre de 2013 00:09 2013-09-11 00:09 desde IP: 189.146.151.199
Difiero que solo el contrato privado realizado ante Notario es valido, tu contrato es valido, y sera la base para acreditar tu posesion a titulo de dueño, y efectivamente lo mas conveniente es realizar un juicio de prescripción positiva.
Requeriras de los servicios de un abogado, asegurate que tenga los conocimiento y experiencia necesaria en la tramitación de este tipo de juicios.
Saludos.
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