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EXISTEN REGLAS ESPECIFICAS PARA CALCULAR LA LIQUIDACION DE UN EMPLEADO EN EL ESTADO DE QUERETARO?

  • Consulta : 207998
  • Autor : ean680514
  • Publicado : Martes 10 de Septiembre de 2013 15:30 desde la IP: 177.227.149.230
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,096
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  • Autor
    Consulta

  • ean680514
    USUARIO REGISTRADO

    Buen dia, la pregunta es muy especifica: "Existen reglas/leyes especificas para NO aplicar la Ley Federal del Trabajo en el estado de Queretaro?"

    Soy una persona que esta siendo despedida en el estado de Queretaro y se me esta informando que en Queretaro solo aplican 45 dias de liquidacion + los proporcionales de vacs, prima vac, aguinaldo, en lugar de 90 dias + 12 o 20 dias por año trabajado + los proporcionales.

     

     

     

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  • Autor
    Respuesta No: 325566

  • abogada.ileana
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO ESTÁ VIGENTE EN TODA LA REPÚBLICA MEXICANA.

    PARA EFECTOS DE INDEMNIZACION CONSTITUCIONAL SE TOMA EN CUENTA LOS 3 MESES DE SALARIO (90 DÍAS), MÁS LOS VEINTE DÍAS POR AÑO DE SERVICIO Y LOS 12 DE PRIMA DE ANTIGUEDAD.

    NO MENCIONAS CUANTOS AÑOS TIENES LABORANDO, SI ES EN LA INICIATIVA PRIVADA, EN EL ESTADO O EN EL MUNICIPIO.

    ACERCATE A UN EXCELENTE ABOGADO EN MATERIA LABORAL.

    SUERTE.

    ABOGADA ILEANA LÓPEZ. MONTERREY, NUEVO LEÓN.

    CEL. 044 81 80 12 03 53.  



  • Autor
    Respuesta No: 325575

  • ean680514
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Muchas Gracias por su orientacion, si me parece que de ser necesario habrá que contratar un abogado.

    Solo una pregunta, cual seria el procedimiento si no llegara a aun arrreglo con mi patron?, es decir, puedo acudir sin hacer ningun tipo de escrito a la oficina de conciliacion y arbitraje local, solo mostrando los depositos/recibos de pago?



  • Autor
    Respuesta No: 325598

  • MAYANEZ
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Puedes acudir a la Procuraduria de la Defensa del Trabajo de tu Estado, ahi te otorgan asesoria juridica gratuita y de ser necesario te asignaran un abogado sin costo.

    De lo contrario puedes contratar un abogado para demandar a la empresa, si acudes tu solo sin escrito a las Juntas de Conciliacion te canalizaran a Procuraduria de la Defensa del Trabajo de tu Estado.


    Saludos-



  • Autor
    Respuesta No: 325603

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    ean680514:

    En la práctica de los foros laborales es usual que en la primera audiencia se llegue a un arreglo conciliatorio con el pago de las cantidades que usted menciona en su consulta, pero eso es un arreglo, si usted cree ganar, puede continuar con el juicio, y si lo pierde ¡allá usted!...



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