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SI CONCILIACIóN Y ARBITRAJE NO ME AYUDA, QUIEN LO PUEDE HACER?
- Consulta : 207168
- Autor : leslieazoo_NR
- Publicado : Viernes 30 de Agosto de 2013 19:37 desde la IP: 201.130.15.184
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,106
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 30 de Agosto de 2013
Estado de Referencia: Querétaro
Buenas tardes:
Me corrieron de mi trabajo despues de 1 año de haber trabajado ahi, sin ninguna causa justificada, acudi a la procuraduria del trabajo y se genero una cita en conciliacion y arbitraje, a la cual acudimos tanto el patrón como yo, tristemente confie en que los abogados de Cociliación estarian de mi lado pero no fue asi, yo llevaba a mi esposo que sabe un poco mas que yo en cuestión de leyes, pero no le permitieron estar presente, cuando al patron le permitieron estar con otras dos personas, despues la Lic. sacó unas cuentas que no supe de donde las saco y no me dio copia a mi solo al patrón que para que las checaran y nos cito para el siguiente viernes, despues que se fueron los representantes del patron, me dijo la Lic. que no harian ninguna propuesta puesto que ellos alegan que yo renuncie que lo mas seguro es que no me darian nada y que nos iriamos a juicio y duraria mucho, yo le comente que porque no les dijo nada de mis vacaiones y horas extras que me deben y que porque no les comento nada sobre la cuestion del seguro socal que nunca me dieron y los meses que me atrase con lospagos del infonavit por la misma situación y dijo que eso ella no lo veia que tenia que ir a la subdelegacion para que desde ahi se viera pero que no me lo recomendaba porque no les harian nada, y que para eso necesitaba una constancia laboral la cual no estaban obligados a dar y menos si era para irlos a denunciar ante el seguro, que me olvidara de eso. A leguas se le veia a favor de quien estaba, es por eso que yo pienso que no tiene caso acudir nuevamente a Concilaición y que debo empezar con el proceso laboral, pero necesito de toda la ayuda que me puedan dar. Lo que la Lic.de Conciliación estipulo que me correspondia por ley son $12,000. pero mi sueldo era de $4800. al mes, me deben vacaciones que no tome, parte del aguinaldo y 2 días extras.
De ante mano muchas gracias
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 324775
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Fecha de respuesta: Viernes 30 de Agosto de 2013 21:19 2013-08-30 21:19 desde IP: 187.162.210.121
En respuesta a su consulta, le informo.
Si no quedó satisfecho con el servicio que le proporcionario en la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, lo que requiere es contratar a un aboado particular, pero cerciórese que sea especialista en derecho laboral, no un pasante, tinterillo o coyote.
Una vez que él conozca los detalles pormenorizados de su caso, podrán acordar sus honorarios, los que generalmente se pagan hasta que se ejecute el laudo y el trabajador recibe el pago de las prestaciones a que se condenó al patrón.
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Autor
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AutorRespuesta No: 324783
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Fecha de respuesta: Viernes 30 de Agosto de 2013 22:56 2013-08-30 22:56 desde IP: 189.234.159.150
$4,800/30= $160.00 90 días de indemnización constitucional... 10 días de aguinaldo... 06 días de vacaciones... 1.5 días de prima vacacional... 117.5 días x $160.00 = $ 18,800.00 12 días por concepto de prima de antigüedad al doble del salario íntimo regional= $120.00x12=$1,440.00 $18,800.00 +$1,440.00 =$20,240.00 Es tu cuenta al 100% En convenio ante la junta es el 50%... Si te ofrecieron 12,000 esta bien... Pero si vas a demandar.... Es luego... Busca un abogado... Y sólo por condena... Serían las demás prestaciones que reclamas.... Como horas extras... IMSS...infonavit.... Utilidades... Etc.... Busca un abogado especialista en derecho laboral.... No un abogado... Un especialista...
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Autor
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AutorRespuesta No: 324834
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Fecha de respuesta: Sábado 31 de Agosto de 2013 15:50 2013-08-31 15:50 desde IP: 189.234.159.150
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