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PROPIEDADES INTESTADAS

  • Consulta : 205965
  • Autor : fa1006193_NR
  • Publicado : Viernes 16 de Agosto de 2013 23:25 desde la IP: 189.194.10.230
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,223
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  • Autor
    Consulta

  • fa1006193_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Veracruz

    Mi padre murio y dejo sus propiedades intestadas, pero resulta que soy hijo biológico y no llevo sus apellidos, pero en vida mi padre me llego a reconocer como tal sin cambiar mis apellidos, por motivos personales ya que mi padre era casado (aunque yo fui procreado antes de su matrimonio)  su esposa murio antes que el y ademas nunca tuvieron descendencia, ahora mis primos que llevan el apellido se sienten con derecho a la herencia, porque dicen que no llevo sus apellidos. Tengo derecho a la herencia?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 323859

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Desafortunadamente para Usted, si nunca fue reconocido por su padre ante el Registro Civil, no tiene ningún derecho para heredar. Si su padre no tuvo hijos reconocidos, serán los padres de éste, si viven, quienes pueden heredar, en su ausencia serán los hermanos de su padre, y los sobrinos sólo en el caso de que no vivan los hermanos. Sin embargo debe denunciar la sucesión para que se informe si efectivamente no dejó testamento, ya que una persona en el testamento puede reconocer hijos.





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