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DIVORCIO
- Consulta : 204402
- Autor : miriamfg_0308_NR
- Publicado : Lunes 29 de Julio de 2013 10:53 desde la IP: 189.129.147.7
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,073
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 29 de Julio de 2013
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 322575
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Fecha de respuesta: Miércoles 31 de Julio de 2013 11:36 2013-07-31 11:36 desde IP: 189.234.184.130
Explica?... No se te entiende nada... Si ya estas divorciada,,, que buscas???
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Autor
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AutorRespuesta No: 323163
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Fecha de respuesta: Martes 06 de Agosto de 2013 16:52 2013-08-06 16:52 desde IP: 187.234.194.84
Respecto a la pregunta que usted hace le comento que su matrimonio ya se encuentra disuelto toda vez que como lo menciona usted ya quedo divorciada desde hace 4 meses y si es el caso que el divorcio procedió fue porque efectivamente se demostraron algunas de las causales que se requieren acreditar para la disolución del matrimonio, tal como lo establece el código Civil del estado de Veracruz:
CAPITULO V
Del Divorcio
ARTICULO 140
El divorcio disuelve el vínculo del matrimonio y deja a los cónyuges en aptitud de contraer otro.
ARTICULO 141
Son causas de divorcio:
I.-El adulterio debidamente probado de uno de los cónyuges;
ORTIZ RUBIO LEGAL
ESPECIALISTAS EN MATERIA FAMILIAR
TELS: 47513179 ,, 4983259 ,, 42019327
.ORTIZRUBIOLEGAL
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Autor
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AutorRespuesta No: 323164
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Fecha de respuesta: Martes 06 de Agosto de 2013 16:52 2013-08-06 16:52 desde IP: 187.234.194.84
Respecto a la pregunta que usted hace le comento que su matrimonio ya se encuentra disuelto toda vez que como lo menciona usted ya quedo divorciada desde hace 4 meses y si es el caso que el divorcio procedió fue porque efectivamente se demostraron algunas de las causales que se requieren acreditar para la disolución del matrimonio, tal como lo establece el código Civil del estado de Veracruz:
CAPITULO V
Del Divorcio
ARTICULO 140
El divorcio disuelve el vínculo del matrimonio y deja a los cónyuges en aptitud de contraer otro.
ARTICULO 141
Son causas de divorcio:
I.-El adulterio debidamente probado de uno de los cónyuges;
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Autor
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AutorRespuesta No: 323165
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Fecha de respuesta: Martes 06 de Agosto de 2013 16:52 2013-08-06 16:52 desde IP: 187.234.194.84
Respecto a la pregunta que usted hace le comento que su matrimonio ya se encuentra disuelto toda vez que como lo menciona usted ya quedo divorciada desde hace 4 meses y si es el caso que el divorcio procedió fue porque efectivamente se demostraron algunas de las causales que se requieren acreditar para la disolución del matrimonio, tal como lo establece el código Civil del estado de Veracruz:
CAPITULO V
Del Divorcio
ARTICULO 140
El divorcio disuelve el vínculo del matrimonio y deja a los cónyuges en aptitud de contraer otro.
ARTICULO 141
Son causas de divorcio:
I.-El adulterio debidamente probado de uno de los cónyuges;
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