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DIVORCIO

  • Consulta : 204402
  • Autor : miriamfg_0308_NR
  • Publicado : Lunes 29 de Julio de 2013 10:53 desde la IP: 189.129.147.7
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,073
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  • Autor
    Consulta

  • miriamfg_0308_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Veracruz

    BUEN DIA, QUISIERA SABER SI MI MATRIMONIOSE PUEDE DISOLVER POR INFIDELIDAD DE PARTE DE MI PAREJA POR MAS 3 AÑOS CON DISTINTAS MUJERES, ESTOY DIVORCIADA POR ELCIVIL DESDE HACE 4 MESES PERO NO VIVO CON EL DESDE HACE 2 AÑOS

     

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  • Autor
    Respuesta No: 323163

  • ortizrubiolegal
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Respecto a la pregunta que usted hace le comento que su matrimonio ya se encuentra disuelto toda vez que como lo menciona usted ya quedo divorciada desde hace 4 meses y si es el caso que el divorcio procedió fue porque efectivamente se demostraron algunas de las causales que se requieren acreditar para la disolución del matrimonio, tal como lo establece el código Civil del estado de Veracruz:

     

    CAPITULO V

    Del Divorcio

    ARTICULO 140

    El divorcio disuelve el vínculo del matrimonio y deja a los cónyuges en aptitud de contraer otro.

     

    ARTICULO 141

    Son causas de divorcio:

    I.-El adulterio debidamente probado de uno de los cónyuges;

     

     

     

    ORTIZ RUBIO LEGAL

    ESPECIALISTAS EN MATERIA FAMILIAR

    TELS:  47513179 ,,  4983259 ,, 42019327

    .ORTIZRUBIOLEGAL



  • Autor
    Respuesta No: 323164

  • ortizrubiolegal
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Respecto a la pregunta que usted hace le comento que su matrimonio ya se encuentra disuelto toda vez que como lo menciona usted ya quedo divorciada desde hace 4 meses y si es el caso que el divorcio procedió fue porque efectivamente se demostraron algunas de las causales que se requieren acreditar para la disolución del matrimonio, tal como lo establece el código Civil del estado de Veracruz:

     

    CAPITULO V

    Del Divorcio

    ARTICULO 140

    El divorcio disuelve el vínculo del matrimonio y deja a los cónyuges en aptitud de contraer otro.

     

    ARTICULO 141

    Son causas de divorcio:

    I.-El adulterio debidamente probado de uno de los cónyuges;

     

     

     

    ORTIZ RUBIO LEGAL

    ESPECIALISTAS EN MATERIA FAMILIAR

    TELS:  47513179 ,,  4983259 ,, 42019327

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  • Autor
    Respuesta No: 323165

  • ortizrubiolegal
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Respecto a la pregunta que usted hace le comento que su matrimonio ya se encuentra disuelto toda vez que como lo menciona usted ya quedo divorciada desde hace 4 meses y si es el caso que el divorcio procedió fue porque efectivamente se demostraron algunas de las causales que se requieren acreditar para la disolución del matrimonio, tal como lo establece el código Civil del estado de Veracruz:

     

    CAPITULO V

    Del Divorcio

    ARTICULO 140

    El divorcio disuelve el vínculo del matrimonio y deja a los cónyuges en aptitud de contraer otro.

     

    ARTICULO 141

    Son causas de divorcio:

    I.-El adulterio debidamente probado de uno de los cónyuges;

     

     

     

    ORTIZ RUBIO LEGAL

    ESPECIALISTAS EN MATERIA FAMILIAR

    TELS:  47513179 ,,  4983259 ,, 42019327

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