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PENSIóN
- Consulta : 201392
- Autor : Eltremendo_01_NR
- Publicado : Viernes 21 de Junio de 2013 21:35 desde la IP: 187.152.161.44
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,080
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 21 de Junio de 2013
Estado de Referencia: Estado de México
BUENAS NOCHES MI DUDA ES TENGO UNA HIJA QUE TIENE 18AÑOS Y TIENE UN BEBE Y A ELLA LE ESTOY DANDO PENSIÓN ALIMENTICIA Y MI PREGUNTA ES SI TODAVÍA ESTOY OBLIGADO A DARLE YA QUE ELLA YA NO ESTUDIA NI TRABAJA Y VIVE YA CON SU PAREJA Y COMO PODRÍA RETIRÁRSELA GRACIAS -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 319295
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Fecha de respuesta: Viernes 21 de Junio de 2013 21:39 2013-06-21 21:39 desde IP: 189.198.97.203
En el expediente en el que te condenaron a pagar la pensión, hay que promover la cancelación mediante un incidente y acreditar lo que estás diciendo, puedes ver si la defensoría de oficio te patroctina o contrata un abogado particular. Es un pequeño juicio dentro del mismo expediente.
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Autor
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AutorRespuesta No: 319296
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Fecha de respuesta: Viernes 21 de Junio de 2013 21:44 2013-06-21 21:44 desde IP: 187.191.13.140
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AutorRespuesta No: 319301
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Fecha de respuesta: Viernes 21 de Junio de 2013 21:59 2013-06-21 21:59 desde IP: 189.198.97.203
No es automático, si proviene de una orden judicial tiene que realizar el procedimiento de cancelación de la pensión o sigue teniendo la obligación, máxime si le están descontando de su sueldo o es mediante depósito, depende del caso, obvio si lo hace voluntariamente puede dejar de hacerlo en cualquier momento.
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