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ABUSO DE CONFIANZA
- Consulta : 200370
- Autor : roc29alo
- Publicado : Martes 11 de Junio de 2013 15:01 desde la IP: 187.147.36.25
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,103
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 11 de Junio de 2013
buenas tardes, hace 7 años fui aval de mi tia para solicitar un prestamo en banco azteca, el cual ya liquido, yo jamas solicite la cancelacion de documentos ya que la ejecutiva que nos atendio en su momento, me informo que no era necesario que se cancelaba cuando liquidaran la deuda, mi tia volvio a solicitar otro prestamo y no fui notificada por banco azteca, y le otorgaron otro credito, el cual no ha liquidado y esta atrasada en sus pagos, porque ahora me hacen llamadas amenazandome que me van a embargar y que me presente a pagar. puedo demandar a mi tia, o a la institucion bancaria por utilizar de nuevo mis documentos sin mi autorizacion por favor me pueden informar si proceden las acusasiones.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 318664
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Fecha de respuesta: Martes 11 de Junio de 2013 17:15 2013-06-11 17:15 desde IP: 189.151.47.159
Hola:
Antes de pensar en demandar, te recomiendo que vayas primeramente con tu tía a pregúntale si efectivamente saco un segundo préstamo y dile que están llamando del banco, que te muestre los documentos en los que se demuestra que liquido la primer deuda. En segundo lugar ve al banco azteca y le comentes la situación, si te confirman que eres aval de tu tía en este nuevo préstamo, solicítales que te muestren los documentos en los que conste que tu autorizaste ser aval. Si existieran estos documentos, es importante que revises las fechas y las firmas, así como los términos y clausulas, para que puedas tener un panorama completo de tu situación. Si no te quieren mostrar el documento diles que requerirás que lo presente vía judicial además de levantar la denuncia correspondiente en conducef.
Por lo que dices del embargo, para realizarlo, primeramente deben de interponer una demanda ante el juzgado competente y emplazarte (es decir, notificarte de la demanda por medio de un actuario del juzgado), en ese emplazamiento te tendrán que mostrar los documentos (pagares) y si no pagas en ese momento proceden a asegurar bienes suficiente. Pero bueno, antes de eso, hay que ver la existencia de dichos documentos y tu firma en ellos. Si existen y tú firmaste, debes oponer la excepción de orden de exclusión y división, que se refiere a que antes de ir contra el aval, primeramente se debe ir contra el deudor principal y en caso de que este no tenga bienes suficientes para pagar la deuda, es entonces que se podrá proceder contra ti. Pero bueno, como ya te dije, primeramente hay que verificar la existencia de dichos documentos. Porque posiblemente solo te estén llamando porque tus datos aparecen en su base y no por que existan los documentos, es una forma de presionar.
Además cabe mencionar que la ejecutividad de un pagare prescribe en 3 años, por lo cual, si te demandan con base en un pagare firmado hace siete años, primero se debe de agorar todo el juicio, y si en la sentencia le dan la razón al banco, en ese momento te embargaran.
Por último, si vas al banco a solicitar que te muestren los documentos o que te explique el porqué de las llamadas. Preferentemente ve acompañado de un abogado, no vayas solo.
Atte.: M.D. Marcos Alberto Santos Pérez
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AutorRespuesta No: 318698
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Fecha de respuesta: Miércoles 12 de Junio de 2013 10:19 2013-06-12 10:19 desde IP: 187.147.29.32
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