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PROBLEMA CON UNA CO-PROPIEDAD NEGOCIO
- Consulta : 198452
- Autor : hpeuuri_NR
- Publicado : Viernes 24 de Mayo de 2013 12:43 desde la IP: 187.208.111.162
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,079
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 24 de Mayo de 2013
Estado de Referencia: Estado de México
Les ruego un consejo para mi problema que acontinuación expongo:
Tengo una co-propiedad, en conjunto con mi hermano, que actualmente es un negocio. Y en la cual trabajamos 50/50 del tiempo y al igual las ganacias se reparten.
Pero por disminución de ventas hemos pensado en cerrar.
Yo le pido que vendamos la propiedad y nos dividamos como debe ser a partes iguales el producto de la venta.
Sin embargo, sospecho que mi hermano -siendo el mas interesado en cerrar y sin prisa por vender- buscará cuando yo ya no este presente, utilizar de manera individual y reabrir ya sea el mismo negocio u otro y ganar él únicamente.
Para mi esto no es justo pues yo también quedaré sin trabajo y sin medios para subsistir.
También sospecho que el buscaría en el futuro, al no estar yo presente en la propiedad, quedarse completamente como dueño de la misma a travës de un juicio de usucapión.
¿Cómo impido que el pueda usar la propiedad para ganacia sólo de su persona?
¿Existe una manera legal de obligarlo a vender la propiedad?
Cómo me protejo de un posible usucapión, si no puedo estar presente en la propiedad, por buscar o trabajar en algún otro lado?
Ni mi hermano, ni yo vivimos en la propiedad-negocio.
Poseemos cada uno una escritura del inmueble que ampara la co-propiedad..
Agradecere todos los consejos y sugerencias a mi persona.
Gracias
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 317516
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Fecha de respuesta: Viernes 24 de Mayo de 2013 13:20 2013-05-24 13:20 desde IP: 177.224.97.30
Bueno para responder una de tus preguntas; no te preocupes por el tiempo ya que el Código Civil del Estado de México establece en su artículo 5.137 que la Usucapión no procede Fracción V. Entre los copropietarios o coposeedores respecto del bien común.
En cuanto a la venta tu tienes el derecho con fundamento en el artículo Artículo 5.143.- Los copropietarios de un bien no pueden ser obligados a conservarloindiviso, salvo en los casos en que la ley así lo determine.
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Autor
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AutorRespuesta No: 317583
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Fecha de respuesta: Sábado 25 de Mayo de 2013 00:30 2013-05-25 00:30 desde IP: 187.237.14.198
SALUDOS CORDIALES, YO CONSIDERO QUE AQUI LO QUE PROCEDE ES HACER ADVENIR A CADA UNO DE LOS HERMANOS, POR QUE DE LO CONTRARIO PODEMOS SOLICITAR LA DISOLUCION DE COPROPIEDAD VIA JUDICIAL PERO NO ES CONVENIENTE PARA USTEDES YA QUE PERDERIAN MUCHO DINERO EN LOS REMATES.
CONTACTEME. LIC. JONATHANDR.
lic_jonathandr
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