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INTERPRETACIóN

  • Consulta : 197935
  • Autor : Calín777
  • Publicado : Lunes 20 de Mayo de 2013 13:36 desde la IP: 200.52.43.112
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,077
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  • Autor
    Consulta

  • Calín777
    USUARIO REGISTRADO

    Abogados:

    Acudo a Ustedes para solicitar si me pueden interpretar el artículo siguiente perteneciente a la Ley Federal del Trabajo: 

    Artículo 81.- Las vacaciones deberán concederse a los trabajadores dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicios. Los patrones entregarán anualmente a sus trabajadores una constancia que contenga su antigüedad y de acuerdo con ella el período de vacaciones que les corresponda y la fecha en que deberán disfrutarlo.

    Lo siguiente alude a:

    Un conocido que labora en una empresa particular ya con 3 años de antiguedad y el cual requiere de sus vacaiones en la 2da Qna de junio y no sabe como solicitarlas, dado que la empresa otorga parejamente las vacaciones en la 2da Qna de diciembre; por lo que se tiene la duda conforme al artículo si la empresa le puede otorgar el periodo conforme a una necesidad, sinembargo, la misma no entrega constancia.

    ¡Gracias!

     

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  • Autor
    Respuesta No: 317176

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    el artículo es nuevo... antes era al año... tiene derecho a 10 dias de vacaciones... que el patron señala... no el trabajador... si el patron le da vacaciones en forma escalonada... para cada trabajador... es de hacerse un calendario...pero la respuesta... la das tu... el patron da un solo periodo de vacaciones para todos... no esta obligado a dar tales en forma escalonada o fuera de su termino personal...



  • Autor
    Respuesta No: 317216

  • Calín777
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Lic. Garovalo

    ¡Gracias por la contestación!

    Si uno mismo tenía la respuesta, Yo interpreto el art. 81 de la Ley Federal del Trabajo como "esclavitud". Y si La LFT es proteger al pobre Trabajador, pues, NO entiendo como la interpretan los inútiles de los Legisladores (Diados Federales y Senadores) ya que no se establece la "forma escalonada".

    Recuerdo a un Maestro que tuve la oportunidad de tomar la clase de Derecho Laboral y decía "Lo que no está prohibido, está permitido" y estudie y soy un Administrador.

    ¡Saludos!



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