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SOCIEDA CIVIL
- Consulta : 197747
- Autor : pedropablo30c_NR
- Publicado : Viernes 17 de Mayo de 2013 19:26 desde la IP: 189.143.209.139
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,076
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 17 de Mayo de 2013
Estado de Referencia: Estado de México
En la venta de acciones de una socidad civil, (escuela) se vende solamente las acciones para recibir beneficios o también va incluído el mobiliario que existe antes de la llegada de los nuevos socios??
Le pertenece el mobiliario a los primeros socios? o se incluye cuando en la venta hay un inventario?
En el este caso los permisos de incorporacion se modifican o le pertenecen a los primeros socios?
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 317039
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Fecha de respuesta: Sábado 18 de Mayo de 2013 10:42 2013-05-18 10:42 desde IP: 189.244.21.88
Puede vender todo en paquete incluido...la escuela debe hacer una Asamblea Extraordinaria donde se especifique la venta de la AC, cambio de socios, la venta del mobiliario y la venta del Registro de la Escuela, luego debe ratificarlo ante notario para que se hagan las inscripciones en el Registro Publico de la Propiedad y del Comercio...Los permisos de incorporacion no se modifican, sigue todo igual ya que lo unico que cambia en la escritura son los socios.
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Autor
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AutorRespuesta No: 317044
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Fecha de respuesta: Sábado 18 de Mayo de 2013 11:29 2013-05-18 11:29 desde IP: 187.131.205.65
Son absolutamente inexactas, por antijurídicas, las consideraciones tanto del consultante como del forista que me precede.
En la sociedad civil NO hay acciones. La acción es un título de crédito y por tanto de naturaleza mercantil, exclusivo de las sociedades de capital, tales como la sociedad anónima o la comandita por acciones.
En las sociedades civiles el patrimonio social se constituye por "partes sociales" y son éstas, y no la "AC" las que son susceptibles de enajenación, en la forma y términos que señalen los estatutos de la sociedad civil y la ley, respetándose en su caso, los derechos de preferencia de aquellos socios que permanecen o no deseen enajenar sus respectivas partes sociales.
Consulte con un abogado de su confianza especialista en negocios societarios civiles y mercantiles y no trate de evitarse gastos y honorarios a través de consultas en este foro, en el que, si no tiene la fortuna de ser asistido por un profesional del Derecho, lo más seguro es que resulte mayormente perjudicado que beneficiado.
Saludos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 317064
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Fecha de respuesta: Sábado 18 de Mayo de 2013 14:42 2013-05-18 14:42 desde IP: 189.244.21.88
Lic. Velazquez...atendiendo a su criterio, me permito señalar que en ningun momento en la respuesta se señalo venta de acciones, por el contrario, se le hace referencia al proceder de la venta de la escuela en si, junto con el mobiliario, tal y como usted asi tambien lo señala ya que, en efecto, es una operacion mercantil... claro que desde luego y por logica simple, deben estarse a lo que establecen los estatutos...en pocas palabras, Usted reafirma la respuesta que se le dio al consultante.
Saludos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 317067
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Fecha de respuesta: Sábado 18 de Mayo de 2013 14:48 2013-05-18 14:48 desde IP: 189.234.194.133
En la venta de acciones de una socidad civil, (escuela) se vende solamente las acciones para recibir beneficios o también va incluído el mobiliario que existe antes de la llegada de los nuevos socios??
LAS SOCIEDADES CIVILES NO TIENEN ACCIONES EN EL ESTRICTO SENTIDO DEL DERECHO... POR TANTO NO HAY VENTA... SINO UNA CESION DE DERECHOS ANTE NOTARIO PUBLICO... EL MOBILIARIO... ES EL HABER FISICO, ESE ES POR DECISIÓN PERSONAL... SI SE QUEDA O SE DA... NO TIENE QUE VER CON LA CESION REFERIDA...
Le pertenece el mobiliario a los primeros socios? o se incluye cuando en la venta hay un inventario?
LE PERTENECE A QUIEN A SU NOMBRE TIENE LAS FACTURAS... PERSONA FISIA... O PERSONA MORAL... Y PESTE SI PUEDE SER VENDIDO O CEDIDO... POR DECISION PROPIA..
En el este caso los permisos de incorporacion se modifican o le pertenecen a los primeros socios?
TENDRAN QUE HACERSE LAS MODIFICACIONES Y LOS CAMBIOS POR MEDIO DE LOS PODERES QUE SE OTORGARAN EN LA CESION DE DERECHOS ANTE NOTARIO... DONDE HASTA PUEDE CAMBIARSE EL NOMBRE DE LA ESCUELA O HATA AMPLIARSE EL SERVICIO ... EN LA ESCRITURA... FALTA QUE SE OTORGUE EL PERMISO DE LA AMPLIACIÓN... POR PARTE DE SEP...
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Autor
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AutorRespuesta No: 317077
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Fecha de respuesta: Sábado 18 de Mayo de 2013 15:26 2013-05-18 15:26 desde IP: 187.131.205.65
Elizh80:
No hice ninguna confirmación de ninguna venta, mucho menos de lo que Usted llama "venta de escuela, venta de mobiliario, venta de registro de escuela" etc.
Con el respeto que Usted y todos los foristas me merecen, tan solo le pido estudiar las instituciones societarias antes de emitir opiniones técnicas en esta materia, las cuales evidentemente Usted desconoce.
Saludos nuevamente.
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