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FINIQUITAR RELACIóN DE COPROPIEDAD.
- Consulta : 197613
- Autor : juos78_NR
- Publicado : Jueves 16 de Mayo de 2013 15:10 desde la IP: 189.142.35.62
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,243
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 16 de Mayo de 2013
Estado de Referencia: Hidalgo
Antecedentes:
El 5 de febrero de 2003, en la Ciudad de Pachuca Hidalgo, mi esposa y yo compramos (traspaso) un pequeño Restaurante que pagamos en efectivo y en su totalidad con nuestros ahorros.
Por la inexperiencia y con toda la confianza de ser esposos, en 10 años no formalizamos NADA como una sociedad, no hay Acta Constitutiva, por lo que yo digo que sólo somos Copropietarios del negocio.
A lo largo de estos años, ambos participamos tanto en la Operación como en la Administración de la empresa, obteniendo de ella nuestro sustento económico y desarrollando nuestra actividad profesional y laboral, obtuvimos un sueldo, estamos bajo el régimen de pequeños contribuyentes y cumplimos como una Pyme en regla.
En 10 años, la relación laboral combinada con la personal (propietarios-esposos) ha desgastado la relación, por lo que decidí pagarle su 18% de aportación (actualizada) y SEPARARNOS DEL NEGOCIO y así convertirme en el dueño único de la empresa, con lo cual ella está de acuerdo (cabe señalar que la relación personal está bien), pero mi intensión es ahora sí hacer lo que se debe hacer para terminar bien la relación laboral y de copropiedad y que ella ya no tenga ingerencia, ni peso, ni voz, ni voto en las decisiones de la empresa.
Mis preguntas son: 1.¿Debo firmar un convenio con ella y protocolizarlo ante notario?
2. En caso afirmativo, en dónde puedo encontrar un formato "tipo" o cómo redactarlo pues no sé qué tipo de convenio sería.
3. Me dice la asistente de un notario que sólo se ratificarían las firmas una vez teniendo el convenio firmado. ¿Con esto se cumpliría el objetivo de darle certeza jurídica al negocio y al finiquito de nuestra relación de copropiedad?.
4. El pago lo realizaré con un cheque simple. ¿No hay problema con esto?
Agradezco su respuesta.
Oscar JL
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 318128
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Fecha de respuesta: Domingo 02 de Junio de 2013 15:02 2013-06-02 15:02 desde IP: 201.110.53.59
Estimado Oscar
En atencipon a tus preguntas:
1. Si es necesario firmar un convenio que puede ser un escrito privado ante dos testigos y ratificado ante notario.
2. Este tipo de convenio al ser tan especifico, dificilmente encontraras un formato en internet y ademas debe contener clausulas muy especificas para que no pueda haber malentendidos.
3. Con el escrito privado retificado ante testigos si da la certeza juridica necesaria para finiquitar esta relación
4. Para que surta efectos legales el pago y no quede lugar a duda seria recomendable pagar con un cheque certificado
dejo mi numeros de telefono y tambien puede verificar mis datos en esta pagina
Lic. Gumán
775 784 10 88
771 177 16 17
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Autor
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AutorRespuesta No: 318137
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Fecha de respuesta: Domingo 02 de Junio de 2013 16:11 2013-06-02 16:11 desde IP: 76.19.174.225
Saludos.
Efectivamente, es recomendable un convenio ratificado ante notario. En cuanto a su elaboración, lo recomendable es contratar a un profesional en la materia para que lo redacte conforme a sus particulares necesidades. En lo referente al pago, si este se realiza en el momento de firmar el convenio, simplemente se establece en el mismo que en ese acto se entrega en su totalidad lo pactado, independientemente de la modalidad (cheque, efectivo, titulos valor, etc.)
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