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NO TENGO MI CéDULA DE RFC
- Consulta : 189760
- Autor : patch.cross.stitch_NR
- Publicado : Sábado 09 de Marzo de 2013 01:30 desde la IP: 189.190.211.253
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,106
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 09 de Marzo de 2013
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 306455
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Fecha de respuesta: Sábado 09 de Marzo de 2013 01:42 2013-03-09 01:42 desde IP: 201.141.92.224
A los asalariados sólo se les da de alta pero no se les entrega la impresión de su RFC. Sus recibos de nómina deben tener impreso su RFC y ese es y será hasta su muerte su Registro Federal de Contribuyentes a trece posiciones. Si Usted desea ampliar sus obligaciones para expedir recibos de honorarios, entoces deberá presentar un aviso de ampliación de obligaciones y entonces sí podrá solicitar la impresión de su RFC y su CIEC, pero antes no, ni los necesita.
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Autor
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AutorRespuesta No: 306509
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Fecha de respuesta: Sábado 09 de Marzo de 2013 14:56 2013-03-09 14:56 desde IP: 187.171.80.116
La cédula ya no es necesaria para nada, ya que con las reformas fiscales y facturación electrónica no se requiere ni para expedir ni para solicitar comprobantes fiscales. Es más la última reforma menciona que para solicitar un comprobante es obligatorio únicamente el RFC (no la copia ni nada, sino los números) y no los demás datos que antes se pedían sobre todo la dirección,esos pasaron a ser opcionales. Igual si ustede quiere ahora trabajar por su cuenta y emitir comprobantes fiscales acérquese al SAT y ahí le van a dar toda la información que necesita. La atención es muy buena a comparación de hace unos años. Al parecer usted quiere emitir sus comprobantes y presentar sus declaraciones, lo deduzco por lo que menciona del CIEC. Le reitero, en el SAT le van a orientar perfectamente.
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