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CONVENIO ACTUAL O ANTERIOR?
- Consulta : 188775
- Autor : yadys29
- Publicado : Viernes 01 de Marzo de 2013 17:36 desde la IP: 189.214.110.232
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,080
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 01 de Marzo de 2013
Hola que tal, tengo una consulta, espero me ayuden
Un matrimonio se separo, ella inicia una demanda de pensión alimenticia y todo termina en un convenio, pasa el tiempo y ellos deciden divorciarse voluntariamente y se fija un nuevo convenio sobre custodia y pensión alimenticia.
Al hacer un nuevo convenio que verse sobre lo mismo anula el primero??
Tengo entendido que sí, el que tendrá valides es el ultimo o no? pero no encuentro fundamento o una jurisprudencia que verse sobre ello, me podrían ayudar por favor
Gracias
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 305073
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Fecha de respuesta: Viernes 01 de Marzo de 2013 17:44 2013-03-01 17:44 desde IP: 189.177.17.235
debe ser... pero eso lo tienen que señalar ustedes al momento de ratificar el contendio del convenio final... este anula cualquier otro anterior y lo deja sin valor legal para todos los efectos futuros...
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Autor
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AutorRespuesta No: 305081
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Fecha de respuesta: Viernes 01 de Marzo de 2013 18:03 2013-03-01 18:03 desde IP: 189.214.110.232
Si pero la cuestión es que ya se celebro el segundo convenio el cual no es tan favorable en cuanto a la pensión alimenticia, es decir y para poner un ejemplo
En el primer convenio se estipulo una pensión alimenticia de mil pesos a la semana
En el segundo y el último convenio se fijo la pensión de quinientos pesos semanales
Y ahora la mujer quiere demandar el cumplimiento de la pensión alimenticia ya que el padre no le da alimentos pero quiere argumentar el primer convenio, el cual es de mayor cantidad
Me explico
Muchas gracias
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Autor
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AutorRespuesta No: 305095
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Fecha de respuesta: Viernes 01 de Marzo de 2013 18:54 2013-03-01 18:54 desde IP: 189.147.2.104
Hola
La respuesta a tu pregunta está en el significado del término jurídico de convenio.
La definición de convenio en el Código Civil del Distrito Federal dice:
ARTÍCULO 1792. CONVENIO ES EL ACUERDO DE DOS O MAS PERSONAS PARA CREAR, TRANSFERIR, MODIFICARO EXTINGUIR OBLIGACIONES.
De lo transcrito se puede desprender que uno de los efectos que tiene celebrar un convenio es el de modificar una obligación. Por lo tanto si el convenio modifica una obligación que existió con anterioridad, es lógico que deba de prevalecer el segundo convenio.
Además debe tomarse en cuenta que existió un acuerdo entre esas dos personas para cambiar los términos en que se venía cumpliendo la obligación (primer convenio de pensión).
Y aunque en el segundo convenio no este expresado por escrito que el primer convenio queda sin efectos, eso no puede afectar al segundo convenio, porque es obvio que si las partes celebraron un nuevo convenio fue con la intención de dejar sin efectos al primer convenio y obligarse en otros términos.
Saludos
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Autor





