Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

MANTENIMIENTO DE EDIFICIO

  • Consulta : 186030
  • Autor : canoj_NR
  • Publicado : Viernes 08 de Febrero de 2013 20:08 desde la IP: 189.223.49.60
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,080
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • canoj_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Baja California

    Que tal buenas tardes,

    Mi nombre es César, les escribo porque estoy en un dilema y no quiero cometer errores que después tenga que lamentar, mi situación es la siguiente:

    Estoy rentado una oficina en un edificio de Tijuana, en donde me cobran 2000 mensuales de mantenimiento (aparte la renta), este mantenimiento se supone que incluye Luz de los pasillos, Limpieza, Portero y su estacionamiento, ahora bien de todo lo anterior la luz solamente de mi pasillo la mantienen apagada casi todo el día y solo la prenden en la noche y aveces ni eso, la limpieza del ultimo pasillo es pesima casi no lo hacen estoy en el quito piso el ultimo, el elevedor esta en pesimas condiciones tarda hasta 6 minutos en bajar 5 pisos (la verdad siempre bajo y subo por escaleras porque tarda demasiado), el estacionamiento es subterraneo y siempre esta sucio y cuando llueve, parece que la tormenta esta debajo de mi estacionamiento es el unico que se inunda.

    Por todo lo anterior y después de hablar con la administración por mas de 6 meses decidi este ultimo mes no pagarles a lo que me dijeron que me demandarian y que seria peor para mi.

    Ahora bien mi pregunta es, ¿Qué puedo hacer en mi situación?, les pago y me olvido porque no hay forma de que me hagan caso ó les pago y les dejo su oficina (en este caso puedo recindir el contrato de arrendamiento y pedir mi deposito?, ya que ellos no estan cumpliendo con su parte) ó los puedo demandar por otra vía solamente a la administración.

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 303517

  • fabricio1984
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Si existe contrato de arrendamiento, en él se estipulan las cláusulas a las que se obliga una parta y la otra, incluso en el propio código civil, por lo que si ellos incumplen su parte, y no te permiten el uso y goce de la cosa en su totalidad, puedes rescindir e incluso solicitar una reducción en relación a la imposibilidad que te ha causado su incumplimiento, ya te di dos claves.

    Tú decides que es lo que quieres, pero, si recomiendo revisar el contrato en este caso, para buscarle el mejor cauce legal posible.

    Avenida Ermita Sur 5524
    Frente a Plaza Ermita
    Delegación La Mesa
    Tijuana Baja California
    Tel. 6089118
    correo: lic . fabricio . frias arroba live . com . mx

    Lic. Fabricio Frias

    Ced. Prof. 7953063



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión