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INCAPACIDAD POR MATERNIDAD
- Consulta : 184425
- Autor : anglita_kar_NR
- Publicado : Sábado 26 de Enero de 2013 22:37 desde la IP: 189.144.13.59
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,096
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 26 de Enero de 2013
Estado de Referencia: Estado de México
Buenas noches!
Tengo una duda con respecto al pago de subsidio por maternidad. Resulta que yo estoy dada de alta en el IMSS como beneficiaria por parte de mi esposo (él es el titular del seguro), es posible que aunque yo no sea la asegurada o titular del seguro, me paguen mi incapacidad. Yo trabajo en una farmacia, pero no me dan seguro, es probable que mi patrón me de de alta en el seguro, pero ya tengo 30 semanas de embarazo, y estaba leyendo que para podercobrar mi incapacidad es necesario haber cotizado al menos 30 semanas anteriores a la fecha de parto, cosa que no podría ser por el tiempo de embarazo que ya llevo y apenas me darían de alta. Pero por parte de mi esposo se puede cobrar la incapacidad? (Cabe mencionar que me estoy atendiendo en el imss desde el inicio del embarazo)
Gracias de antemano por su pronta respuesta
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 300277
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Fecha de respuesta: Sábado 26 de Enero de 2013 22:57 2013-01-26 22:57 desde IP: 189.134.228.206
No, por parte de tu esposo el seguro solo te dará la atención médica.
De hecho, en este caso, el patrón está obligado a darte el servicio médico y a pagarte el salario integro durante la incapacidad de seis semanas antes y seis después del parto.
Le saldrá caro a tu patrón querer ahorrase tus cuotas al Seguro.
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Autor





