Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

MI HERMANO

  • Consulta : 182251
  • Autor : marioarredondov_NR
  • Publicado : Martes 08 de Enero de 2013 09:51 desde la IP: 187.188.139.230
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,246
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • marioarredondov_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Coahuila

    Buenos dias

    mi hermano fallecio el era viudo dejo en orfandad a dos niños el tenia cotizado 941 semanas con un sueldo de $ 268.00 diario

    cual seria el calculo para la pension de los niños 

    Gracias

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 297858

  • marcomcmlx
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Si los niños son menores de 16 años, o de 25 si siguen estudiando, deben recibir una pensión por orfandad.

    Suponiendo que tu hemano era un trabajador activo y su fallecimiento no fue por riesgo de trabajo y por ser huérfanos de padre y madre, la pensión para cada uno será el equivalente al 30% de la pensión que hubiera correspondido por una pensión de invalidez.

    Con los datos que aportas no se puede calcular la pensión, ya que se necesita saber el salario promedio de cotización de las últimas 250 semanas (ley 73) y el salario promedio de cotización, actualizado según el INPC, de las últimas 500 semanas (ley 97).

    Si tu hermano era trabajador ley 73 el seguro les debe hacer el cálculo de la pensión que corresponda según la ley 73 y 97, y ustedes elegir cuál les conviene más, la ventaja aquí puede ser que con la ley 73 se podrá retira los saldos de SAR y vivienda 92, vivienda 97 y Retiro 97, de su cuenta de afore.



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión