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AFORE
- Consulta : 181549
- Autor : claudiamartinezhomex_NR
- Publicado : Domingo 30 de Diciembre de 2012 16:46 desde la IP: 189.228.39.35
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,087
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 30 de Diciembre de 2012
Estado de Referencia: Distrito Federal
Buen dia, mi esposo murio el 17 de noviembre del presente, tenia dos años sin cotizar al imss pero cotizo aprox 20 años, estoy casada por el civil con el y tenemos una pequeña de 5 años, toda la docuemntacion la desaparecio su mama, como reclamo lo del afore y que me corresponde?. la mama puede pelear este dinero? el murio a los 40 años yo lo asegure al imss ya que estuvo en oncologia en el siglo XXI. me urge hacer los tramites necesario antes de que su mama reclame dinero que no le corresponde. grs
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 297039
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Fecha de respuesta: Domingo 30 de Diciembre de 2012 16:48 2012-12-30 16:48 desde IP: 187.204.193.65
con t6u credencial de medicina familiar y la acta de matrimoinio... el acta de defunsiòn y las de tus hijos .... acude al juridio de imss... ellos saben que hacer....
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Autor
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AutorRespuesta No: 297045
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Fecha de respuesta: Domingo 30 de Diciembre de 2012 18:03 2012-12-30 18:03 desde IP: 187.207.10.255
Mí estimada consultante:
Mire, aquí existen algunas lagunas jurídicas respecto de su duda, ya que por una lado dependerá a quien se designó como beneficiario en la AFORE, siendo que como todo lo que manejan estas supuestas Instituciones de Seguridad Social, las cuales por cierto, no tienen nada de Seguridad, y mucho menos de sociales, existen mañas, ya que el Seguro Social solo acepta como beneficiarios a los familiares directos como son: cónyuge, hijos y padres, por lo que, únicamente los recursos que el trabajador tenga como ahorro voluntario podrán destinarse a los beneficiarios que el trabajador designe y que no sean los ya indicados, o sea que, en el caso de aportaciones voluntarias, estos recursos sí se pueden entregar a la persona distinta que el trabajador haya designado, sin importar si son familiares directos o no.
Como podrá observar, las mañas son como siempre sucede con estas supuestas Instituciones, para esquilmarse los recursos de los derechohabientes, y esto es solo un parte del problema.
Dicen que se está estudiando una Reforma, pero:
SABEN A LA PERFECCION QUE LA GENTE SE ABURRE DE TANTA MARAÑA JURÍDICA, Y VÉNGANOS TU REINO.
SALUDOS Y MUCHA SUERTE
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Autor
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AutorRespuesta No: 297054
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Fecha de respuesta: Domingo 30 de Diciembre de 2012 19:33 2012-12-30 19:33 desde IP: 189.134.246.179
Si tu esposo tenía 20 años cotizados y dos sin trabajar, se encontraba en período de conservación de derechos, así que lo primero es tramitar tu pensión por viudez y la pensión por orfandad para tu niña.
Si eliges pensionarte por ley 73 podrás retirar más recursos que si eliges pensión por ley 97, el seguro te debe plantear las dos opciones.
Una vez que te den tu resolución de pensión, acude a la afore y dependiendo el régimen que hayas elegido es lo que podrás retirar.
Los beneficiarios legales de la cuenta de afore son esposa e hijos, y solo a falta de estos serían beneficiarios los ascendentes.
Pero como te comentan, en el IMSS te indicarán paso a paso cómo es el procedimiento, tanto para tramitar las pensiones como para retirar los recursos de la afore correspondientes.
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