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QUE SIGUE DESPUÉS DE LA DESIGNACIÓN DE ALBACEA SI LOS BIENES SON CUENTAS BANCARIAS?

  • Consulta : 177774
  • Autor : JOSE_NR
  • Publicado : Sábado 24 de Noviembre de 2012 16:25 desde la IP: 189.228.71.132
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,093
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  • Autor
    Consulta

  • JOSE_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

     

    Mi tía falleció y solo dejo como bienes tres cuentas  bancarias, es importante precisar que no procreo hijos, por lo que la único heredero será su esposo; yo no tengo mucha experiencia en derecho de familia pues me dedico a derecho administrativo, pero estoy apoyando a el esposo de mi tía en este asunto… ya  denunciamos el intestamentario, se desahogo la información testimonial, recayó sentencia interlocutoria y en esta se advierte que deberá comparecer mi tío (esposo de mi tía) a protestar cargo de albacea, mi pregunta es:

    Una vez protestado el cargo de albacea ¿Qué sigue?, ¿cuál es el paso a seguir?.

    Les agradezco de antemano por sus respuestas.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 293163

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Debe iniciar la segunda sacción de invenario y avalúos, sin embargo al tratarse de cuentas bancarias, cuando se aperturan el banco solicita se nombre beneficiario, por lo que no había necesidad de abrir la sucesión sino acudir al banco para preguntar quien o quienes son los beneficiarios de las cuentas.



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