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QUE SIGUE DESPUÉS DE LA DESIGNACIÓN DE ALBACEA SI LOS BIENES SON CUENTAS BANCARIAS?
- Consulta : 177774
- Autor : JOSE_NR
- Publicado : Sábado 24 de Noviembre de 2012 16:25 desde la IP: 189.228.71.132
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,093
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 24 de Noviembre de 2012
Estado de Referencia: Distrito Federal
Mi tía falleció y solo dejo como bienes tres cuentas bancarias, es importante precisar que no procreo hijos, por lo que la único heredero será su esposo; yo no tengo mucha experiencia en derecho de familia pues me dedico a derecho administrativo, pero estoy apoyando a el esposo de mi tía en este asunto… ya denunciamos el intestamentario, se desahogo la información testimonial, recayó sentencia interlocutoria y en esta se advierte que deberá comparecer mi tío (esposo de mi tía) a protestar cargo de albacea, mi pregunta es:
Una vez protestado el cargo de albacea ¿Qué sigue?, ¿cuál es el paso a seguir?.
Les agradezco de antemano por sus respuestas.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 293163
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Fecha de respuesta: Sábado 24 de Noviembre de 2012 17:59 2012-11-24 17:59 desde IP: 201.141.60.130
Debe iniciar la segunda sacción de invenario y avalúos, sin embargo al tratarse de cuentas bancarias, cuando se aperturan el banco solicita se nombre beneficiario, por lo que no había necesidad de abrir la sucesión sino acudir al banco para preguntar quien o quienes son los beneficiarios de las cuentas.
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