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EJECUTIVO MERCANTIL
- Consulta : 177035
- Autor : osculo777_NR
- Publicado : Sábado 17 de Noviembre de 2012 14:39 desde la IP: 201.167.190.118
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,221
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 17 de Noviembre de 2012
Estado de Referencia: Aguascalientes
que puedo hacer embarque una casa pero no quedo inscrito el embargo puesto que tevnia aviso preventivo de venta, y no se pudo rematar porque se vendio que puedo hacer ya que todo fue una simulacion, y demande penalmente pero no propero porque no se da el da daño.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 292259
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Fecha de respuesta: Sábado 17 de Noviembre de 2012 15:00 2012-11-17 15:00 desde IP: 201.141.26.186
Debe buscar más bienes del demandado en el Registro Público, si no hay, deberá esperar a que en lo futuro adquiera alguno, Si el demandado es casado por sociedad conyugal también busque bienes a nombre de la esposa y podrá embargar el cincuenta por ciento. Por otra parte puede solicitar en su declaración anual la reducción del cincuenta por ciento del valor de la liquidación de la sentencia como pérdida fiscal. Se le agradece que aclare que su querella no prospero porque en este foro tiro por viaje los tinterillos recomiendan denunciar el fraude en deudas de carácter civil.
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Autor
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AutorRespuesta No: 292268
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Fecha de respuesta: Sábado 17 de Noviembre de 2012 16:01 2012-11-17 16:01 desde IP: 187.211.94.29
nada... no pùedes hacer otra cosa que ver si tiene mas bienes... pero... si no los tiene...puedes acusar el fraude...ya que vendio la casa y no uso el dinero para pagarte... tu abogado sabe que hacer... no hay simulaciòn en las ventas...
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Autor
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AutorRespuesta No: 292277
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Fecha de respuesta: Sábado 17 de Noviembre de 2012 17:37 2012-11-17 17:37 desde IP: 201.141.60.122
El consultante manifiesta que ya se querelló por el fraude y no procedió. Es una deuda de carácter civil y la venta del inmueble fue legal, el que debe demostrar la simulación es quien la afirma, y no pudo.
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AutorRespuesta No: 292338
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Fecha de respuesta: Domingo 18 de Noviembre de 2012 16:32 2012-11-18 16:32 desde IP: 187.211.94.29
de acuerdo... pero en las ventas... no hay simulaciòn... hay enriquecimiento... si recibio el dinero... tenia con que pagar... ahi comienza la rogatoria del delito... o no???
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AutorRespuesta No: 292340
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Fecha de respuesta: Domingo 18 de Noviembre de 2012 16:37 2012-11-18 16:37 desde IP: 201.141.28.32
Sí, pero debe acreditarlo quién lo afirma y ya lo intentó pero no pudo. Ese tipo de ventas son de primaria, por ello cuando se presta dinero se debe garanizar con hipoteca, por eso los abogados estamos principalmente para prevenir y no para corregir, al igual que los médicos.
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AutorRespuesta No: 292342
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Fecha de respuesta: Domingo 18 de Noviembre de 2012 16:41 2012-11-18 16:41 desde IP: 187.211.94.29
pos si... tienes razòn... pero esta preguntando porque confundieron el apendice con un parto... y...pos hay que decirle...
ahora que tambien... si no se ve la lana... puede pedir ...demandar la nulidad de la operacion que deja en insolvencia al deudor... al efecto de hacer el remate dle bien... eso es mas facil... o no????
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AutorRespuesta No: 292346
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Fecha de respuesta: Domingo 18 de Noviembre de 2012 16:48 2012-11-18 16:48 desde IP: 201.141.28.32
El vendedor nunca queda en insolvencia, en el contrato se da por recibido del dinero ¿donde está la insolvencia? sólo la hay en la donación y sí procede la acción pauliana, pero en compraventa nunca, por eso digo que es de primaria.
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Autor
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AutorRespuesta No: 292347
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Fecha de respuesta: Domingo 18 de Noviembre de 2012 16:51 2012-11-18 16:51 desde IP: 187.211.94.29
calma...calma...
la nulidad de actos... que no van encaminados a hacer el pago.... se puede anular... sea cual fuere el origen del acro traslativo de dominio... eso es de kinder.... o no???
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AutorRespuesta No: 292348
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Fecha de respuesta: Domingo 18 de Noviembre de 2012 16:54 2012-11-18 16:54 desde IP: 201.141.28.32
No.
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AutorRespuesta No: 292350
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Fecha de respuesta: Domingo 18 de Noviembre de 2012 16:58 2012-11-18 16:58 desde IP: 187.211.94.29
saludos... se la dejo al juez de marras... y asi evitamos llegar al rio...
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AutorRespuesta No: 292351
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Fecha de respuesta: Domingo 18 de Noviembre de 2012 17:05 2012-11-18 17:05 desde IP: 201.141.50.160
Asi es, lo expresé brevemente en la respuesta 292346, pero me abstengo de dar detalles para evitar que los futuros médicos se dediquen a espantar cigüeñas, es decir que los estudiantes de derecho se inclinen al lado obscuro, pero más aún me abstengo para evitar que los coyotes aprendan a incautar a personas de buena intención.
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AutorRespuesta No: 292353
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Fecha de respuesta: Domingo 18 de Noviembre de 2012 17:07 2012-11-18 17:07 desde IP: 187.211.94.29
ah!... muncha razon tienes.... un saludo... un abrazo... y estamos en contacto...
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