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NO ALCANZO EL PAGO DE INCAPACIDAD POR MATERNIDAD
- Consulta : 174995
- Autor : diosa_azteca_NR
- Publicado : Martes 30 de Octubre de 2012 17:58 desde la IP: 189.209.215.95
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,146
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 30 de Octubre de 2012
Estado de Referencia: Veracruz
QUE TRAMITE DEBE SEGUIR AHORA QUE EL IMSS ME NOTIFICO QUE NO ME VA A PAGAR LAS INCAPACIDADES QUE ME EXPIDERA MI MEDICO FAMILIAR DEBIDO A QUE NO TENGO LAS 30 SEMANAS COTIZADAS SOLO TENGO 28
Hola quisera que me orientaran sobre que debo hacer ahorara que el IMSS me notifico que no me pueden pagar la incapacidad por maternidad porque solo tengo 28 semanas cotizadas.
Labore para la empresa un mes nada mas en Diciembre del 2011 despues de eso me recontrataronen a los dos meses. En este lapso de tiempo que no labore me quede embarazada. yo recontrate ya con semanas de embarazo.
Yo recontrare en la misma empresa el dia 29 de Febrero del año en curso.
La incapacidad que me expidio en IMSS es del dia 10-08-2012 al 05-11-2012 es aqui el problema no cotizo las suficientes semanas.
Hoy que fui al IMSS solo se limitaron a decirme que no me pagarian y ya que en el trabajo no repercutiria pues si cubre mis faltas la incapacidad mas no me correspondia el pago que no hay nada que hacer ya con ellos y que lo hablara en la empresa pero no se porque me dijeron asi. Yo solo quiero saber si me corresponde si es o ya no mi derecho o ya no que me den ese pago y si lo es como o que gestiones tengo que hacer para poder cobrarlo.
Soy de Coatzacoalcos Veracruz si alguien me puede orientar porfavor.. Graacias
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 290329
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Fecha de respuesta: Martes 30 de Octubre de 2012 19:21 2012-10-30 19:21 desde IP: 187.172.251.226
En el imss le comentaron que hablara con la empresa porque esta tendra que pagarle la incapacidad, esto es en base en lo señalado en el art.170 fracc v, de la ley federal del trabajo asi´como el 102 y 103 de la del seguro social.
Cuando por ley la trabajadora no llega a tener el llamdo subsidio de incapacidad el patron tiene que hacerse cargo del pago.
felicidades.
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