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DONDE PONGO LA DENUNCIA Y COMO
- Consulta : 174987
- Autor : lorenaloqu_NR
- Publicado : Martes 30 de Octubre de 2012 17:14 desde la IP: 189.161.153.237
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,222
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 30 de Octubre de 2012
Estado de Referencia: Jalisco
HOA MI NOMBRE ES SILVIA LORENA LOPEZ Q, Y QUIERO PONER LA DENUNCIA O DEMANDA NO SE COMO ES PERO EL PADRE DE MIS HIJOS TIENE 11AÑOS Q NO CUMPLE CON NADA,,LO CURIOSO ES Q CUANDO LEGA A QUERER Y LLEGO A DAR FUERON 900 PESOS AL MES,CABE ACLARAR Q ESTO NO LO HA HECHO SIEMPRE ESTOS 11AÑOS LO HA HECHO RETIRADISIMO POR AÑOS ,OSEA CUANDO QUIERE Y APARTE SE ME HACE INJUSTO Q SI LLEGO A DAR SEAN 900 PESOS ES ILOGICO,TAMPOCO SE E PEDIRIA ALGO EXAGERADO PERO SI LO JUSTO ,ACTUALMENTE NO TENGO TRABAJO Y DONDE VIVIMOS ES CASA DE MI MADRE,GRACIAS.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 290332
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Fecha de respuesta: Martes 30 de Octubre de 2012 19:39 2012-10-30 19:39 desde IP: 189.242.254.38
Hola Silvia! Puedes iniciar un juicio para solicitar la pensión de alimentos a nombre de tu hijo. Para que pueda proceder dicha demanda, debes contar con los documentos que acrediten la paternidad (acta de matrimonio, acta de nacimiento del menor) donde aparece el nombre del padre. Otros datos que deberás aportar; domicilio donde puede ser localizado, domicilio de la empresa donde labora o datos relacionados a la actividad que realiza.
Contando con estos datos, puedes acudir al Juzgado Civil o Familiar según corresponda de acuerdo a tu localidad, en el cual te designarán a un abogado de oficio para que se haga cargo de integrar la demanda y representarte en todo el litigio. Durante el juicio a tu contraparte será notificado sobre la demanda que existe en su contra, para que manifieste lo que ha su derecho convenga. Finalmente el Juez dictará una sentencia que obligue al deudor alimentario el pago de una pensión mensual.
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AutorRespuesta No: 290334
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Fecha de respuesta: Martes 30 de Octubre de 2012 19:43 2012-10-30 19:43 desde IP: 189.234.190.51
le haces al cuento... que es lo justo?...
si antes no lo solicitaste... es que nunca lo has neceditado...
puedes iniciar el juicio... pero solo recibiras lo que corresponde a favor de los hijos del 10% sobre sus salaruio parea cada uno... y mientras sean menroes de edad...,.estudien y no reprueben materias o cambien a cada rato de carrera... si se casan... seseparan de ti o tienen hijos... o cumplen el termino de la licenciatura.... ya no tiene derecho a pensiòn... tu... desde luego que no tienes derecho a nada...
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