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Tradicional Foro de consultas
PUEDO IR A LA CARCEL SI ME CUELGO DE LA LUZ
- Consulta : 174198
- Autor : leslie_merino32_NR
- Publicado : Miércoles 24 de Octubre de 2012 12:08 desde la IP: 187.186.238.19
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,080
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 24 de Octubre de 2012
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 289726
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Fecha de respuesta: Miércoles 24 de Octubre de 2012 12:32 2012-10-24 12:32 desde IP: 199.58.84.7
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Autor
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AutorRespuesta No: 289727
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Fecha de respuesta: Miércoles 24 de Octubre de 2012 12:40 2012-10-24 12:40 desde IP: 187.151.189.26
En la practica se trata del delito de robo, y como quieres defenderte de hacer algo indebido?
Pienso una buena defensa si es que en los operativos la cfe descubre tu "diablito", es asegurarles haras el contrato respectivo.
Ya mismo estaras robando...fluidos electricos...
El oído atento a una advertencia saludable se hospedará en medio de los sabios.
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Autor
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AutorRespuesta No: 289748
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Fecha de respuesta: Miércoles 24 de Octubre de 2012 15:47 2012-10-24 15:47 desde IP: 201.144.91.148
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AutorRespuesta No: 290701
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Fecha de respuesta: Sábado 03 de Noviembre de 2012 13:09 2012-11-03 13:09 desde IP: 187.198.190.214
Se dice llevo 20 años robandoooooo luz electrica...si en algunos casos solo te la cortan, en otros estados han iniciado aciones legales, que suerte has tenido...
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AutorRespuesta No: 290710
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Fecha de respuesta: Sábado 03 de Noviembre de 2012 13:51 2012-11-03 13:51 desde IP: 187.133.175.88
ARTICULO 368. SE EQUIPARAN AL ROBO Y SE CASTIGARAN COMO TAL:
I. EL APODERAMIENTO O DESTRUCCION DOLOSA DE UNA COSA PROPIA MUEBLE, SI ESTA SE HALLA POR CUALQUIER TITULO LEGITIMO EN PODER DE OTRA PERSONA Y NO MEDIE CONSENTIMIENTO; Y
II. EL USO O APROVECHAMIENTO DE ENERGIA ELECTRICA, MAGNETICA, ELECTROMAGNETICA, DE CUALQUIER FLUIDO, O DE CUALQUIER MEDIO DE TRANSMISION, SIN DERECHO Y SIN CONSENTIMIENTO DE LA PERSONA QUE LEGALMENTE PUEDA DISPONER DE LOS MISMOS.
III. (DEROGADO).
DEROGA LA FRACCION III
En caso de que se percate el personal de CFE, proceden a denunciar y a determinar a traves de sus peritos valuadores el monto de lo robado, asi mismo sera el ministerio publico federal, quien al realizara la Fe ministerial de tu diablito, y resolvera respecto a la procedencia o no del delito de robo equiparado, que, claro, tiene pena privativa de la libertad.
Sin embargo el personal de CFE esta facultado para replantear la deuda, negociarla, y en dado caso desistirse de la denuncia.
Obviamente esto nada mas pasa si te cachan....
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AutorRespuesta No: 290793
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Fecha de respuesta: Sábado 03 de Noviembre de 2012 23:29 2012-11-03 23:29 desde IP: 189.234.190.51
es robo de fluidos... y ademas del pago de lo robado... es carcel.... es delito federal...
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AutorRespuesta No: 290817
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Fecha de respuesta: Domingo 04 de Noviembre de 2012 11:49 2012-11-04 11:49 desde IP: 189.225.42.221
La LSPEE dice que en caso de encontrarte la conexión ilícita la sanción es administrativa y puede consistir hasta en tres veces la energía consumida desde la fecha en que se cometió la infracción, además del pago de la energía por concepto de cosumo normal y una indemnización o recargos.
En caso de reincidencia la sanción puede ser del doble y en caso de contumacia del triple.
Ahora que si no quieres pagar las acciones que tome la CFE pueden ser de las de cualquier acreedor.
En la práctica, lo que hace la CFE es pedirte que regularices tu servicio mediante un contrato. En otras que además del contrato pagues un retroactivo de uno o dos años.
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