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ABOGADO
- Consulta : 173666
- Autor : aosegueda_NR
- Publicado : Viernes 19 de Octubre de 2012 14:46 desde la IP: 189.183.194.188
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,086
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 19 de Octubre de 2012
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 289156
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Fecha de respuesta: Viernes 19 de Octubre de 2012 14:53 2012-10-19 14:53 desde IP: 187.186.248.216
Creo que la pregunta se refiere al precio de captación, por lo que la respuesta es 6% anual. Sin embargo lo puede corroborar a través de la página de BANXICO: "//banxico/">banxico o en su defecto se confronte en el Código de Comercio en el espacio dedicado al contrato de mutuo. SUERTE
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