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DEMANDAR EN LA VIA EJECUTIVA POR UN PAGARE.
- Consulta : 172917
- Autor : pocoyoyo_NR
- Publicado : Sábado 13 de Octubre de 2012 15:08 desde la IP: 189.232.224.254
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,080
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 13 de Octubre de 2012
Estado de Referencia: Aguascalientes
un saludos a todos los abogados, pasando a mi problema quiero exponer que tengo un pagare que no he podido cobrar y quisiera saber si yo que no soy abogado puedo firmar la demanda y que el abogado se ponga como abogado patrono, que creo que es la palabra correcta, se puede o tengo que darle el pagare y endosarselo en procuracion.
tengo esa duda y desea que si alguien me puede arientar. gracias.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 288596
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Fecha de respuesta: Sábado 13 de Octubre de 2012 20:25 2012-10-13 20:25 desde IP: 201.124.59.4
Puede hacerlo de ambas formas, la diferencia es que Usted tendrá que acudir a las diligencias que sean necesarias para requerir el pago, realizar el embargo de bienes y/o cualquier otra diligencia, lo que se evita con el endoso en procuración...
Pero Usted tiene el derecho que ampara dicho título de crédito y puede hacerlo valer como mejor le convenga, sólo que si es importante que esté asistido de Lic.en Derecho especialista en materia mercantil, a quien puede autorizarlo sólo en términos del artículo 1069 del Código de Comercio.
Suerte!
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