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PRUEBA TESTIMONIAL
- Consulta : 172150
- Autor : macumorve_NR
- Publicado : Lunes 08 de Octubre de 2012 14:23 desde la IP: 189.132.53.217
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,081
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 08 de Octubre de 2012
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 288029
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Fecha de respuesta: Lunes 08 de Octubre de 2012 15:01 2012-10-08 15:01 desde IP: 201.141.157.214
En un juicio ordinario lo ofreces en el periodo de pruebas, después que el juez dicta en su acuerdo que se abre el periodo probatorio, por ejemplo la ofreces como una prueba cualquiera, en el mismo apartado donde ofreces las otras pruebas en conjunto, o sea, que tendrás un capítulo de pruebas, ahí simplemente dependiendo de tu estilo de redacción que sería mas o menos así:
PRUEBA TESTIMONIAL, a cargo del C. o de la C. prueba que se relaciona con todos y cada uno de los hechos que deberán ser valorados por el juez en conformidad con el artículo XXXX.
la valoración de la prueba testimonial depende de cada juzgador, pues cada uno le da el valor probatorio necesario para acreditar o desacreditar la acción que se ejerce. Aunque existen por otra parte los principios que deben regirse para valorar la prueba, si eres estudiante, en tu libro de teoría general del proceso deben venir, estoy casi seguro.
Un saludo.
Corporativo Jurídico Frias. -
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