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SOLICITO DE SU ASESORíA

  • Consulta : 171130
  • Autor : juanis_gt_NR
  • Publicado : Jueves 27 de Septiembre de 2012 17:10 desde la IP: 201.124.250.161
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,074
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  • Autor
    Consulta

  • juanis_gt_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    Buen día

    Mi duda es si el título de propiedad funge igual que las escrituras o cual es la diferencia entre estos ?

    gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 286762

  • PEGZA
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Que tal, título de propiedad es un contrato por el cual se transmite el dominio del bien inmueble: compraventa, donación… el requisito que señala la Ley para formalizar el mismo, es que se haga mediante escritura pública, es decir, ante Notario Público que le de ese carácter.

    PEGZSAV ABOGADOS – Especialistas en Seguros



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