- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
COMO INICIAR UNA USUCAPION
- Consulta : 170607
- Autor : oniel_libanes
- Publicado : Domingo 23 de Septiembre de 2012 17:40 desde la IP: 187.179.105.104
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,083
-
AutorConsulta
-
Publicado el Domingo 23 de Septiembre de 2012
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 286144
-
Fecha de respuesta: Domingo 23 de Septiembre de 2012 17:41 2012-09-23 17:41 desde IP: 187.179.105.104
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 286161
-
Fecha de respuesta: Domingo 23 de Septiembre de 2012 22:23 2012-09-23 22:23 desde IP: 201.141.21.28
El primer requisito es acreditar la calidad de dueño. ¿Con qué documento pretende acreditar la calidad de dueño? no basta tener doscientos años habitando un inmueble para pretender la Uscapio.
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 286374
-
Fecha de respuesta: Martes 25 de Septiembre de 2012 12:55 2012-09-25 12:55 desde IP: 189.231.5.67
Pues como te dicen te tienes que basar en la figura de la Prescripción Positiva que este establecida en el Código Civil del lugar donde existe la usucapion y checar que acredite todo lo que se requiere, que sea de buena fe, cinco años, en forma pacífica publica, que no haya un contrato de arrendamiento de por medio ya que ahi no opera la usucapion, es una demanda relativamente sencilla fijandose bien la vía por la que se va a interponer la prescripcion, para que luego no haya excepciones por parte de la demandada por improcedencia de la vía, fijándose de acreditar bien la personalidad en juicio, ofreciendo las documentales públicas y privadas que sea necesario, la confesional, la testimonial, etc.
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 363564
-
Fecha de respuesta: Viernes 22 de Agosto de 2014 02:09 2014-08-22 02:09 desde IP: 189.249.151.52
Oniel:
Toda demanda contiene los datos de dos relaciones jurídicas: la sustancial y la procesal. La primera se refiere a los elementos de la acción intentada (los elementos fácticos y jurídicos necesarios para acreditar el derecho que se pretende, sea reconocido o confirmado en la sentencia), la segunda constituida por los presupuestos procesales (competencia del juzgador, legitimación de las partes, Licitud en el objeto jurídico del juicio, la forma particular del procedimiento, etc.)
Los elementos de la acción de que se trate (reinvidicatoria, oblicua, personal, preiva, etc) se contienen comunmente en los códigos procesales, y en algunas ocasiones, en los códigos sustantivos. Por ejemplo, la acción personal se previene en el artículo 1949 del código civil del D.F.
Los defectos en presupuestos procesales genera el sobreseimiento del juicio, por lo que de oficio el juzgador debe ordenar su regularización, al encontrarse impedido fallar el fondo.
Entonces, si tales relaciones existen en TODAS las controversias en forma de juicio (aun penal, electoral, admivo), debes desarrollar tu aprendizaje a partir de las mismas, cuestión que te permitirá ingresar a cualquier procedimiento en cualquier materia.
Finalmente el formato de una demanda como de cualquier escrito dirigido a una autoridad jurisdicional tiene un orden lógico y otro cronológico; así como los apartados relativos al ejercicio de las cargas procesales: excepciones y defensas; pruebas, alegatos, conceptos de violación, de agravio, argumentos de derecho etc. Así, el capitulo de hechos además de los eventos cronológicos del caso, insertarás en los apartados relativos, los elementos de la acción intentada.
Son ilustrativos los preceptos procedimentales que te indican los requisitos de la demanda y de su contestación.
Nunca sigas machotes, cada asunto es distinto y particularizado, ve creando tu propio estilo; además, en el foro se siguen ciertas formalidades que estandarizan las formas de los escritos.
Espero que esta información te resulte provechosa. Saludos
-
Autor






