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TITULOS DE CREDITO
- Consulta : 162677
- Autor : lic_jav7_NR
- Publicado : Lunes 30 de Julio de 2012 18:05 desde la IP: 187.193.13.38
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,076
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 30 de Julio de 2012
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 277989
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Fecha de respuesta: Lunes 30 de Julio de 2012 19:48 2012-07-30 19:48 desde IP: 201.141.47.140
Una línea de crcédito no es un título de crédito. Lo son los pagarés, letras de cambio, cheques. Si Usted no cuenta con alguno de esos documentos no puede demandar por la vía ejecutiva mercantil, debe demandar medios preparatorios para que el presunto demandado reconzca la deuda ante la autoridad judicial.
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