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TERRENO INTESTADO
- Consulta : 162027
- Autor : tekilangel_NR
- Publicado : Miércoles 25 de Julio de 2012 19:36 desde la IP: 96.250.177.174
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,244
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 25 de Julio de 2012
Estado de Referencia: Guerrero
Hola la verdad es que esta consulta es para mi cuñada. Su papa murio hace aproximadamente un año siendo ella la unica hija legitima y reconocida, dejo una propiedad intestada. Ella no vivio con su papa porque se divorciaron y se movio de estado. La familia del "difunto" hermanas sobrinos etc contactaron a la hija cuando su padre fallecio y le dijeron q el de "palabra" le habia dejado esta propiedad al sobrino porque el lo habia cuidado esos ultimos años pero sin dejar ningun documento. Segun ellos de buena fe han decidido darle la mitad de las rentas del lugar en cuestion y cuando cumpla los 21 entregarle el inmueble en su totalidad, pero tambien solo de "palabra" Mi pregunta es en caso de estar intestada una propiedad cuanto tiempo tiene ella para reclamarlo y si hay alguna forma obviamente legal de reclamar la propiedad como unica hija. -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 277176
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Fecha de respuesta: Miércoles 25 de Julio de 2012 20:03 2012-07-25 20:03 desde IP: 201.141.191.222
tekilangel_NR
Si ya es mayor de edad la hija del finado puede denuciar el juicios sucesorio de su señor padre, para que en caso de que ella sea la unica persona con derecho a suceder sea declarada heredera y tambien Albacea.
El hecho de que los familiares le indiquen que el padre de ella "de palabra" le dejo a un sobrino por "haberle cuidado en sus ultimos dias" no tiene ninguna validez ni sustento legal y no se trata de buena fe ni mucho menos que de limosna le den el 50% de las rentas, ya que una vez que sea declarada heredera tiene derecho al inmueble y al total de las rentas que este genere e inclusive a demandar a quienes hasta ahora han cobrado las rentas.
Por el hecho de que ella radica en otro estado, una vez que sea heredera y albacea de la sucesion de su padre podra otorgar un poder notarial para PLEITOS Y COBRANZAS, ACTOS DE ADMINISTRACION a algun familiar o persona de su confianza para que se encargue entre otras cuestiones administrativas del cobro de rentas asi como la elaboracion, renovacion de los contratos de arrendamiento, etc. y sobre odo0 que le trinda cuentas de la administracion.
Asistanse de abogado de su confianza y no dejen pasara mas tiempo.
Saludos.
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Autor





