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RENUNCIA

  • Consulta : 160254
  • Autor : dydi65_NR
  • Publicado : Sábado 14 de Julio de 2012 10:48 desde la IP: 187.200.135.161
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,078
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  • Autor
    Consulta

  • dydi65_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Morelos

    hola , quisiera saber si por renuncia tengo el derecho que mi patron me pague liquidacion?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 274663

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Por renuncia no tienes derecho a indemnización, sino sólo al pago de las prestaciones devengadas y no pagadas a la fecha de la terminación de la relación laboral, como son: el pago semanal o quincenal pendiente, el pago de las partes proporcionales de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional y/o cualquier otra prestación adicional a que se tuviera derecho.

    Suerte!



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