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CASADA,SEPARADA HACE 8 AñOS Y CON UN HIJO AUN SIN REGISTRAR
- Consulta : 160170
- Autor : aidylakcire
- Publicado : Viernes 13 de Julio de 2012 15:01 desde la IP: 189.224.187.7
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,142
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 13 de Julio de 2012
HOLA QUISIERA SABER QUE DEBO HACER
ESTOY CASADA POR EL CIVIL HACE 10 AÑOS PERO LLEVO 8 AÑOS DE SEPARADA
TUVE UN HIJO Y AHORA NO SE COMO PUEDO REGISTRARLO....MI AUN ESPOSO ESTA DE ACUERDO CON
EL DIVORCIO PERO NO HACE NADA POR INTENTARLO ÉL ESPERA QUE YO HAGA TODO EL TRAMITE POR EL
ALGUIEN PUEDE DECIRME QUE PROCEDE?
QUE DEBO HACER PARA REGISTRAR A MI HIJO?
LO REGISTRARE COMO MADRE SOLTERA YA QUE EL PADRE DE MI HIJO NO QUIERE HACERSE RESPONSABLE DE EL
Y PUES LO MEJOR SERA REGISTRARLO COMO MADRE SOLTERA...O QUE ME RECOMIENDAN
GRACIAS!
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 274547
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Fecha de respuesta: Viernes 13 de Julio de 2012 15:06 2012-07-13 15:06 desde IP: 201.141.183.246
aidylakcire
Le sugiero que acuda usted al Registro Civil y con su copia cetrificada del acta de matrimonio resgistre al menor con los apellidos de ambos padres, de sta manera podra demandar una pesnion alimenticia la padre en caso de que se desatienda de esa obligacion con el menor.
Saludos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 274548
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Fecha de respuesta: Viernes 13 de Julio de 2012 15:09 2012-07-13 15:09 desde IP: 201.141.183.246
aidylakcire
Ya lei su consulta anterior, precise usted si el hijo que procreo fue fuera del matrimonio.
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Autor
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AutorRespuesta No: 274549
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Fecha de respuesta: Viernes 13 de Julio de 2012 15:14 2012-07-13 15:14 desde IP: 189.224.187.7
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Autor
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AutorRespuesta No: 274551
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Fecha de respuesta: Viernes 13 de Julio de 2012 15:20 2012-07-13 15:20 desde IP: 201.141.183.246
aidylakcire
Registre al menor como madre soletra entonces, para posteriormente demandar al padre biologico el reconocimento de paternidad y el pago de una pension alimenticia para el menor.
Por cuanto hace al divorcio si su conyuge esta de acuerdo, pueden ambos asistidos de abogado solicitar el divorcio voluntario.
Saludos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 274552
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Fecha de respuesta: Viernes 13 de Julio de 2012 15:24 2012-07-13 15:24 desde IP: 189.224.187.7
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Autor
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AutorRespuesta No: 274553
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Fecha de respuesta: Viernes 13 de Julio de 2012 15:38 2012-07-13 15:38 desde IP: 189.224.187.7
dijeron que podia ser el divorcio administrativo y que se lleva a cabo en el mismo registro civil
y en un mes ya quedaba finalizado...
mi hijo tiene casi 11 meses y no se si haya algun tipo de sancion
por dejar pasar tanto tiempo...
y en verdad es posible registrarlo como madre soltera?
no hay sancion por que haya sido fuera del matrimonio ya tomando en cuenta los 8 años que tengo de separada?
pregunto esto porque en el registro civil la persona que atiende es dueña de un buffet de abogados y
me dijo que se lleva a cabo un juicio y que me cuesta entre 7 y 8 mil pesos...la verdad a mi no me cuadra eso
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Autor
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AutorRespuesta No: 274555
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Fecha de respuesta: Viernes 13 de Julio de 2012 15:56 2012-07-13 15:56 desde IP: 201.141.183.246
aidylakcire
Si lo puede registrar como madre soltera, en el Registro Civil le cobraran un recargo por el registro extemporaneo del menor.
Por lo que argumento en su cosulta anterior considero que si podrian tramitar el divorcio administrativo.
Saludos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 274559
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Fecha de respuesta: Viernes 13 de Julio de 2012 16:38 2012-07-13 16:38 desde IP: 189.234.193.254
DIVORCIO ADMINISTRATIVO
Este es el tipo de divorcio más rápido y expedito y que suele no requerir (por lo general) de abogado que lleve acabo el trámite. Eso sí, se den cumplir los siguientes requisitos:
- Ambos deben estar de acuerdo y de ahí que se llame divorcio voluntario. Si uno no está de acuerdo, no procede el divorcio.
- Ambos deben ser mayores de edad.
- No deben tener hijos.
- Deben haber liquidado la sociedad conyugal si se casaron bajo dicho régimen. Si se casaron por separación de bienes, no existe ninguna restricción.
Una vez que cumplen todos los requisitos, los esposos deben acudir ante el Juez del Registro Civil del lugar de su domicilio conyugal con los siguientes documentos:
- Copia certificada del Acta de Matrimonio.
- Copia certificada en donde conste que son mayores de edad, como el Acta de Nacimiento.
Es importante señalar que los cónyuges se deben presentar personalmente ante el Juez, generalmente con testigos que los identifiquen y deben manifestar de una manera terminante y explícita su voluntad de divorciarse.
El Juez entonces levantará un Acta en donde conste la solicitud del divorcio y cita a los cónyuges en un plazo de quinde días para que ratifiquen la solicitud. Si la ratifican, el Juez levantará el Acta de Divorcio y hará la anotación en el Acta de Matrimonio anterior. Y listo, ya están divorciados.
Se debe señalar, sin embargo, que si las partes hubieran mentido en el proceso y resultara que no cumplían con alguno de los requisitos que señalamos al inicio, el divorcio carecerá de validez, independientemente que las partes se hacen acreedoras a una sanción de tipo de penal por haber incurrido en el delito de falsedad de declaraciones ante autoridad pública. Esta sanción varía de acuerdo con el Código Penal de cada estado.
Si los esposos no cumplen con alguno de los requisitos señalados, pero es su voluntad divorciarse, se inicia el trámite de Divorcio Voluntario Judicial. Este lo serán en un juzgado familiar.
DIVORCIO ADMINISTRATIVO.- REQUISITOS:
1.- Solicitud fundada y motivada por escrito dirigido al C. Oficial del Registro Civil
Que corresponda. (Puede acudir al bufete jurídico más cercano a su ubicación).
2.- Acta original o copia certificada del acta de matrimonio.
3.- Actas de nacimiento de los interesados (original y copia)
4.- Identificaciones oficiales con fotografía de los interesados (original y copia)
5.- 2 testigos mayores de edad que cuenten con identificación oficial con fotografía,
Deberán presentarse únicamente el día de la ratificación (original y copia)
6.- Análisis de no gravidez o no embarazo (15 días de vigencia, cuenta a partir de la
Recepción de los documentos).
N O T A :
a).- Los interesados deberán presentar los documentos PERSONALMENTE.
b).- En caso de haberse casado bajo el régimen de SOCIEDAD CONYUGAL, deberán
presentar disolución ante el notario que tramitaron las capitulaciones matrimoniales.
Horario.- de recepción de documentos de 8.15 a 15.00 hrs. De lunes a viernes.
Los costos DEL REGISTRO CIVIL varían de localidad a localidad y de año a año: en 2008
$1,927.00 y la anotación marginal $55.00
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