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CONSULTA JURíDICA SOBRE PENSIóN ALIMENTICIA
- Consulta : 154522
- Autor : alkanorma_NR
- Publicado : Miércoles 06 de Junio de 2012 13:17 desde la IP: 168.255.251.51
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,081
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 06 de Junio de 2012
Estado de Referencia: Distrito Federal
Mi ex - esposo trabaja en la Dirección General de Centros de Formación para el Trabajo de la Secretaría de Educación Pública. De su sueldo quincenal le descuentan el 45% por concepto de Pensión Alimenticia. El Órgano de Control Interno en la SEP lo sancionó con suspensión de sueldo y suspensión de labores durante una quincena. Mi pregunta es: El Órgano de Control Interno en la SEP, puede, jurídicamente hablando, suspender también el pago de la pensión alimenticia?
Lo anterior en virtud de que la autoridad administrativa de la SEP emitió el depósito correspondiente a la pensión, pero mi ex-esposo me dice que debo reintegrar ese dinero ya que no me corresponde por la misma sanción emitida por el Órgano de Control Interno en la SEP y la verdad no quiero caer en una conducta ilícita.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 269850
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Fecha de respuesta: Miércoles 06 de Junio de 2012 13:21 2012-06-06 13:21 desde IP: 189.146.109.250
Usted no cae en ninguna conducta la recibir el pago de la pensión alimenticia correspondiente al período de suspensión de sueldos del servidor público sancionado, toda vez que los alimentos son una cuestión de orden pública e interés social.
Lo que ocurre es que para la siguiente quincena que cobre su esposo, le vendrá el descuento por el pago que le efectuaron a Usted, como el descuento correspondiente a esa quincena, así que esa quincena su esposo sólo cobrará un 10% de su sueldo.
El haber sido sancionado, no lo exime del cumplimiento de sus obligaciones alimentarias.
De cualquier forma, acuda a la autoridad administrativa y pida que por escrito le informen lo conducente para que Usted lo haga del conocimiento del Juez que ordenó el descuento por pensión alimenticia.
Suerte!
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Autor
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AutorRespuesta No: 269853
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Fecha de respuesta: Miércoles 06 de Junio de 2012 13:25 2012-06-06 13:25 desde IP: 187.194.40.53
la pension es la pensión... no tiene oboigación de reponer o regresar... para que pueda hacer eso...el tiene que darle en mano... en efectivo el dinero que debio erogar ... sus problemas de trabajo... son... su problema... no tuyo...
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Autor
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AutorRespuesta No: 269873
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Fecha de respuesta: Miércoles 06 de Junio de 2012 14:09 2012-06-06 14:09 desde IP: 201.141.145.24
No se te tiene por que suspender el pago de la pensión alimenticia por una sanción que ser le impuso a tu ex esposo, ahora bien si la sep ya te hizo el deposito de lo correspondiente a la pensión alimenticia no tienes por que regresarlo, y si es tu ex esposo el que te esta pidiendo que lo hagas, has caso omisio, pues en ese caso tendria que ser directamente una persona de recursos humanos o juridico de la Sep quien tendria que solicitarte la devolucio. No te dejes engañar por tu ex.
ORTIZ RUBIO LEGAL ABOGADOS
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LIC. VALERIA ORTIZ RUBIO ANZORENA/ LIC. LIZETH RUIZ GARAY
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