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PRESCRIPCION EN MATERIA DE SEGUROS DE VIDA
- Consulta : 151203
- Autor : berngrm_NR
- Publicado : Miércoles 16 de Mayo de 2012 06:11 desde la IP: 187.132.186.81
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,081
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 16 de Mayo de 2012
Estado de Referencia: Veracruz
Hola
Quisiera me asesoraran en el cobro de una poliza de seguro de vida, dicha poliza ,se solicito en el año del 2006 solo que esta poliza cubre perdidas organicas en este caso la perdida fue de un ojo el cual cubre el 30% del total de la suma asegurada, cuando se solicito dicha poliza el agente que la vendio omitio que cubria este siniestro despues de 6 años se revisa la poliza y se ve que tiene este derecho que tramites tengo que seguir o que articulo ampara el no haber tenido conocimiento de este derecho. No he solicitado nada hasta este momento
gracias
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 266570
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Fecha de respuesta: Miércoles 16 de Mayo de 2012 06:36 2012-05-16 06:36 desde IP: 201.141.39.18
Que tal, los artículos que tratan la prescripción son el 81 y 82 de la Ley sobre el Contrato de Seguro.
Primeramente debes estudiar cuando ocurrió el siniestro y si estaba amparado por el contrato de seguro, asimismo, que no hayan transcurrido más de dos años desde que ocurrió.
En nuestra experiencia, se debe atacar la prescripción señalando su interrupción o demostrar que no se tuvo conocimiento de la cobertura, pero en esté último caso es aplicable sólo al beneficiario. De cualquier forma se debe estudiar el asunto.
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