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EN QUE ETAPA DEL JUICIO SUCESORIO SE DEBE ACREDITAR LA PROPIEDAD A HEREDAR

  • Consulta : 150168
  • Autor : Leocortes7
  • Publicado : Martes 08 de Mayo de 2012 23:58 desde la IP: 189.143.37.87
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,079
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  • Autor
    Consulta

  • Leocortes7
    USUARIO REGISTRADO

    En un juicio testamentario se dictó sentencia de adjudicación en la que se incluyeron segun inventario varios inmuebles y bienes de industria, esto es maquinaria de una empresa en la que el de cujus era socio, pero el juez adjudicó la totalidad de la maquinaria a la hija y nieto quienes estaban nombrados como herederos universales (en el testamento no se precisan los bienes a heredar). En esa empresa la hija heredera era administradora y tambien socia, ahora ella ya murió, y el nieto heredero decidió destruir y vender toda la maquinaria como chatarra,

    Quiero saber en que etapa del juicio testamentario y en que articulo se establece la acreditación de propiedad de los bienes del de cujus, pues ahora que los demas socios quieren retomar el control de la empresa, ya que la administradora falleció, pues no hay ya nada de empresa, y el nieto dice que toda la maquinaria era de su abuelo, y por tanto el la heredó. Ojalá me puedan orientar. Gracias. Leonor Calderon

     

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  • Autor
    Respuesta No: 265506

  • cerillo wmw
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    HOLA

    LA PROPIEDAD SE DEBE DE ACREDITAR EN LA SEGUNDA SECCION , LA CUAL ES DE INVETARIOS Y DE AVALUOS.

    SALUDOS



  • Autor
    Respuesta No: 265542

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    1... primera seccion... declaratoria de herederos y nombramiento de albacea...

    2... segunda sección... inventarios y avaluos...

    3.. tercera sección... administracion

    4... cuarta seccion... partición de los bienes acreditados en la segunda sección como propiedad del de cujus...

    inicien la acción penal en contra del nieto... por la malversación y destrucción de bienes que no le son propios en detrimento de la sociedad y de los socios....



  • Autor
    Respuesta No: 265552

  • kikito
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    primeramente deben los socios de ver las clausulas que originan esa sociedad, para saber como van a proceder..muchas veces dejan la desicion al socio mayoritario que supongo fue la persona que fallecio, pero si no se llevan a cabo las cosas como deben de ser pueden iniciarle una averiguacion al nieto por los daños y perjuicios causados o que se causen por esa decision



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